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¿Legal o ilegal el servicio de Uber?

Por Héctor Parra - 02/07/2015

Las ideas expresadas en las columnas, así como en otros artículos de opinión, no necesariamente corresponden a la línea editorial de Códice Informativo, y solo son responsabilidad del autor.

  Por supuesto que es ilegal ese “servicio público” de transporte. Que los dueños, socios, amigos, o como quieran llamarle de la empresa Uber, prestan […]

 ¿Legal o ilegal el servicio de Uber?

 

Por supuesto que es ilegal ese “servicio público” de transporte. Que los dueños, socios, amigos, o como quieran llamarle de la empresa Uber, prestan un servicio público concesionado por el Estado y solo el Estado está facultado para prestarlo, en su caso concesionarlo ¿Por qué tantas dudas?

El fundamento constitucional radica, inicialmente en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, luego deriva en leyes secundarias; el transporte público es considerado de utilidad pública, de tal manera que el Estado se queda con el servicio, pero ante la imposibilidad se faculta para el otorgamiento de concesiones para el otorgamiento de ese servicio.

Conforme a la jerarquía de leyes, en segundo término está la Constitución Política del Estado de Querétaro, que en su artículo 22 fracción VIII, concede la facultad al Poder Ejecutivo, para otorgar en materia de transporte público concesiones.

En tercer lugar encontramos la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro -antes Ley de Transporte Público- vigente desde el año 2012, ley secundaria que establece claramente lo relativo al servicio del transporte público. En conclusión, quien pretenda prestar el servicio público de transporte, mediante un cobro, aunque sea individual, en carro particular, prestado o rentado, requiere permiso del gobierno del Estado para el otorgamiento de ese servicio por medio de la Secretaría de Gobierno. En esta norma se establecen los trámites y/o requisitos a cumplir, y, en su caso cancelar las concesiones.

Así que no vale jurídica ni políticamente la supuesta plataforma tecnológica de emprendedores, a que se refiere Rocío Paniagua, acción que –comentó- vienen dando u ofreciendo desde el pasado 15 de junio, argumentando que la empresa Uber es de tecnología ¡Por favor! Se trata de un servicio público de transporte por más que pretendan disfrazarlo o encubrirlo como acciones de emprendedores. Por eso la autoridad de tránsito se ha visto en la obligación legal de infraccionar y detener los vehículos en los cuales los “dueños” prestan el servicio de transporte por medio de su plataforma tecnológica.

Con plataforma o sin ella, con emprendedores o sin ellos, el servicio de transporte que viene prestado Uber es público y cobran por la transportación. Cosa totalmente diferente si el servicios fuese gratuito, aquí sería un supuesto totalmente distinto que no prohíbe la ley, mucho menos sanciona la autoridad porque no está impedido el particular pata transportar a particulares gratuitamente.

¿Servicio de transporte “hiperprivado”? Es legal, afirma la señora Rocío Paniagua ya que se da entre particulares ¡Pues no! Sigue siendo un servicio público de transporte. Y por si fuera poco el ilícito administrativo que no penal, deben estar dados de alta en Hacienda y pagar impuestos, otorgar facturas a los usuarios, etcétera.

Al final se trata de una “servicio pirata” de transporte público disfrazado de legal. Cuya competencia es verdaderamente desleal para los concesionarios legalmente autorizados, quienes deben cumplir con una serie de obligaciones establecidas por el gobierno del Estado, pagos de impuestos y derechos, seguros para viajeros y otro tanto más para poder prestar el servicio. A diferencia de los “tolerados” que no cumplen con ninguna obligación fiscal.

La señora Paniagua dice que pretenden regularizar la empresa, luego entonces hay el reconocimiento de la ilegalidad, por eso han tenido os reuniones con autoridades del ramo. Si supieran que tienen la razón legal, hubieran hecho uso del juicio de amparo para que la justicia federal los protegiera de la arbitrariedad de la autoridad local. Pero no, están en pláticas para regularizar la empresa, según dicho de la señora Rocío. Lo más interesante de todo esto es que hayan salido al término del sexenio, habría que preguntarnos el porqué, seguramente habrá muchas respuestas al abuso de algunos particulares que si bien desean ser emprendedores, deben sujetarse a la legalidad de sus acciones o de lo contrario atenerse a las sanciones. Estamos pues en presencia de un “fraude disfrazado”.

Héctor Parra


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