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El delito de feminicidio debe ser imprescriptible, proponen en el Senado

Por Staff Códice Informativo - 08/03/2018

Se busca ejercer en cualquier momento y tiempo la acciA?n penal en contra de quien o quienes resulten responsables por este delito

 El delito de feminicidio debe ser imprescriptible, proponen en el Senado

Foto: Senado

 

Los feminicidios en el paA�s han presentado incrementos importantes en el A?ltimo aA�o, pues datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad PA?blica indican que en 2017 se presentaron 671 presuntos delitos de feminicidio, mientras que en 2016 se registraron 580 casos.

AsA� lo informA? la senadora Lucero SaldaA�a PA�rez, quien presentA? una iniciativa para modificar diversas disposiciones del CA?digo Penal Federal, a efecto de garantizar la exacta aplicaciA?n de la ley penal, eliminar el grado de ambigA?edad que existe en el texto vigente y abatir la impunidad de las personas que cometen estos delitos.

La legisladora del PRI planteA? que el delito de feminicidio sea imprescriptible y que se pueda ejercer en cualquier momento y tiempo la acciA?n penal en contra de quien o quienes resulten responsables.

SugiriA? establecer explA�citamente el tipo penal de feminicidio como la comisiA?n de uno o varios sucesos y se considere cuando la vA�ctima presente uno o varios signos de violencia sexual de cualquier tipo.

TambiA�n se considerarA? este tipo penal cuando existan antecedentes, indicios o datos de prueba de violencia del sujeto activo en contra de la vA�ctima, con independencia de la existencia o no de denuncias o querellas.

AdemA?s, de imponer de 40 a 60 aA�os de prisiA?n, se aplicarA? una multa de mil veces el valor diario de la Unidad de Medida de ActualizaciA?n.

La sanciA?n aumentarA? en una cuarta parte cuando el feminicidio sea cometido por dos o mA?s personas; se realice en presencia de uno o mA?s individuos con quienes la vA�ctima tuviere vA�nculo de parentesco, afinidad civil o una relaciA?n afectiva o sentimental.

TambiA�n se incrementarA? el castigo cuando el sujeto sea servidor pA?blico, la victima fuere menor de edad o adulta mayor, indA�gena, estuviere embarazada, sea cometido en vA�a pA?blica, en un vehA�culo particular o en transporte pA?blico.

La iniciativa se enviA? a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos para su anA?lisis y dictamen correspondiente.


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