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Uber reserva sus declaraciones sobre las modificaciones a la Ley de Movilidad

Por Karen Munguía - 08/04/2016

Lorena Villareal, gerente de comunicaciones de la empresa, señaló que ésta solo dará a conocer su postura en cuanto haya leído el documento con la ley

 Uber reserva sus declaraciones sobre las modificaciones a la Ley de Movilidad

Lorena Villareal, gerente de comunicaciones de la empresa Uber en Querétaro, informó a Códice Informativo que la empresa solo dará a conocer su postura respecto a las modificaciones a la Ley de Movilidad una vez que haya leído el documento.

La nueva legislación obligará a ambas empresas están obligadas a cumplir con ciertos requisitos para su operación legal en la entidad queretana.

La Ley cataloga al servicio que ofrecen Uber y Cabify como servicio de redes de transporte, tras las reservas aprobadas en la comisión de redacción y estilo de la LVIII Legislatura, el cual únicamente se brindará a través de aplicaciones tecnológicas en teléfonos inteligentes. Esto permitirá al usuario suscribir un contrato de adhesión electrónico; seleccionar libremente el tipo de vehículo, acceso y realizar el pago con tarjeta de crédito o débito, así como facturar.

Las empresas de redes de transporte integrarán, a partir de la publicación de esta ley en el periódico oficial “La Sombra de Arteaga”, el Registro Público de Transporte, que contará con la relación de personas físicas y morales que operan, utilizan y administran aplicaciones; además, deberán acreditar ante el IQT que cuentan con la capacidad y experiencia necesaria para prestar el servicio mediante una plataforma tecnológica.

Entre los documentos que deberán presentar para ser registradas están los siguientes: datos generales, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), soporte del funcionamiento de la aplicación tecnológica a utilizar, su registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o Instituto Nacional del Derecho de Autor, registro de dominio de internet, así como la carta de intermediario bancario nacional para el registro de cobros.

El permiso para operar, que otorgará el Instituto Queretano del Transporte (IQT), tendrá vigencia de un año y un costo de cuatro mil pesos, de acuerdo a la Ley de Hacienda del estado de Querétaro. Además, se señala que quien obtenga permiso a partir de la publicación de la ley tendrá vigencia por lo que resta del año.

El servicio de taxi privado sólo se podrá brindar en vehículos cuyos conductores se encuentren registrados en el IQT y certificados como operadores del transporte, mientras que los usuarios deberán estar previamente registrados en la plataforma electrónica.

Los conductores, no sólo de esta modalidad sino de todas las existentes, están obligados a someterse, cuando así lo determine el IQT, a los exámenes médicos y toxicológicos necesarios para evaluar su estado de salud y determinar si podrán o no realizar sus funciones.

Con esta nueva ley, el Instituto Queretano del Transporte deberá vigilar los servicios de transporte; otorgar, suspender y revocar las concesiones y permisos para la prestación de los servicios de transporte; determinar y autorizar las tarifas del servicio en sus distintas modalidades; e incentivar el uso de energías renovables.

Entre las sanciones que se establecen está una multa de 500 a mil veces el salario mínimo, quedando imposibilitado a obtener una concesión o permiso, además de las responsabilidades civiles o penales, a quien mediante otra persona brinde el servicio de transporte público.

La revocación de concesiones y permisos se dará cuando se acredite que la concesión, permiso, placas o documentos que las avalan han sido transmitidos para que los use un tercero; se brinde otro servicio del permitido, o se acredite que la información presentada para obtenerlos son falsos o fueron alterados, haciéndose del conocimiento del Ministerio Público de dicho actuar para proceder conforme corresponda.


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