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Prodecon respalda al SAT en publicación de nombres de contribuyentes irregulares

Por Staff Códice Informativo - 25/03/2014

Hay interés público en la información y no se viola ningún derecho, explicó Julio Iván Zea Serrano, nuevo delegado estatal.

 Prodecon respalda al SAT en publicación de nombres de contribuyentes irregulares

Tras la polémica suscitada a principios del año por la publicación de los nombres de contribuyentes incumplidos o que presentaron facturas presuntamente apócrifas, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio la razón al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Fueron 50 las quejas que a nivel nacional presentaron diversas personas morales que consideraron se violentaron sus derechos por la publicación de sus datos por parte del SAT, pero de acuerdo con Julio Iván Zea Serrano, nuevo delegado estatal de Prodecon, el organismo público descentralizado no reconvendrá al SAT por ello.

“En ese sentido hubo un pronunciamiento por parte de la procuradora toda vez que esta lista que incluía precisamente a estos contribuyentes se llegó a la conclusión de que no violentaba el derecho de debido proceso, protección de datos, y garantía de audiencia, ya que estos contribuyentes de alguna manera se les había notificado previamente esta publicación y estos contribuyentes tuvieron un periodo de aproximadamente 15 días para poder solventar lo que a su derecho conviniera”, explicó.

El listado no viola los derechos fundamentales de audiencia y debido proceso, ya que, además de que esa publicación contiene únicamente una presunción y es de carácter provisional,  la publicación permite al contribuyente, en términos del nuevo artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación, que ejerza aquellos derechos fundamentales de audiencia y debido proceso, pues lo deja en aptitud de ir a aclarar su situación ante la autoridad fiscal y aportar las pruebas que considere necesarias para ello.

Tampoco viola el derecho fundamental a la protección de datos personales, ya que el propio artículo 16 constitucional prevé que las leyes podrán establecer excepciones a este derecho entre, otros casos, para proteger el orden público o los derechos de terceros.


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