DDHQ emite recomendaciones a Pancho Domínguez por negligencia médica en San Juan del Río
El servicio médico negligente en el Hospital General de San Juan del Río habría derivado en el fallecimiento de un recién nacido.
La Defensoría de los Derechos Humanos Querétaro (DDHQ) emitió, a través de un comunicado, una serie de recomendaciones al gobernador de Querétaro, Francisco Domínguez Servién, relacionadas con un caso de negligencia médica sufrida por una mujer en el Hospital General de San Juan del Río, la cual tuvo como consecuencia el fallecimiento de su bebé recién nacido.
De acuerdo al relato que consta en actas de la defensoría, la mujer acudió a esta la institución de salud donde se le diagnosticaron una serie de complicaciones en su embarazo de 40 semanas, entre ellas, que el feto tenía el cordón umbilical alrededor del cuello, por lo que se le programó para que se le realizara una cesárea.
Sin embargo, de acuerdo con el testimonio de la madre, la operación fue pospuesta para el siguiente turno dado que no se contaba con espacio ni con el personal necesario, por lo que se le dejó sin seguimiento por espacio de 6 horas.
Cuando por fin se le realizó la cesárea y el bebé fue extraído, las condiciones del recién nacido eran graves, pues había aspirado líquido meconial, lo cual derivo en asfixia y, finalmente, paro respiratorio.
Por lo anterior, la defensoría considera que el personal de esa institución ofreció un servicio negligente a la afectada, ya que incurrió en “irregularidades de naturaleza administrativa que derivaron en un inadecuado servicio de salud en agravio de la víctima”.
En este sentido, la DDH en Querétaro emitió una serie de recomendaciones, entre las que destacan: la reparación del daño material e inmaterial causado a la madre, dar puntual seguimiento a la investigación por el delito de Responsabilidad Profesional para que se vincule a proceso a quien resulte responsable y, finalmente, que se provea a hospitales, clínicas de equipo y personal adecuado para atender este tipo de emergencias, las cuales deberán ser resueltas en un plazo no mayor a 15 días naturales.