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Guadalupe Murguía presenta iniciativa para garantizar autonomía de la Fiscalía General de la República

Por Staff Códice Informativo - 11/09/2018

El Fiscal General durará en su encargo seis años improrrogables y los fiscales especiales permanecerán cinco años

 Guadalupe Murguía presenta iniciativa para garantizar autonomía de la Fiscalía General de la República

La senadora Guadalupe Murguía Gutiérrez presentó una iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución federal para garantizar la creación de una Fiscalía General de la República autónoma, independiente y apartidista, que permita abatir los altos índices de inseguridad e impunidad que prevalecen el país.

A nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), Murguía indicó que el diseño constitucional derivado de la reforma aprobada en 2014 y que establece su estructura, carece de elementos básicos para su funcionamiento, así como de límites y contrapesos con los que debe contar para ser verdaderamente autónoma, independiente y eficaz.

Por ello, agregó, se considera la construcción de una fiscalía que defina el órgano de investigación y persecución de los delitos que se requiere para responder satisfactoriamente a la crisis de impunidad que predomina en México y a la grave situación de inseguridad en todo el territorio nacional, por lo que advirtió en tribuna: “no al fiscal carnal”.

La senadora enumeró los actos de corrupción e impunidad que han provocado el enojo social como La Casa Blanca, Ayotzinapa, OHL, Odebrecht, La Estafa Maestra, Noxhixtlán y el socavón del paso exprés de Cuernavaca, así como los casos de los ex gobernadores Javier Duarte, César Duarte y Roberto Borge, y el del operador político Alejandro Gutiérrez.

De esta forma, planteó que la iniciativa del Grupo parlamentario del PAN reforma el artículo 76 para establecer un proceso equilibrado entre Poderes para el nombramiento de los fiscales especiales y de los consejeros.

Asimismo, dijo, se modifica el artículo 89 con el fin de eliminar como facultad absoluta del Poder Ejecutivo la remoción de Fiscal, pero lo faculta para intervenir en el proceso de remoción.

Del mismo modo, se plantea la reforma del artículo 102 y se adiciona un requisito al texto vigente del apartado A, mediante el cual se garantiza “una autonomía personal del Fiscal General frente a intereses políticos, no haber desempeñado cargo de dirección o representación de algún partido político en los seis años anteriores a su designación”.

El Fiscal General durará en su encargo seis años improrrogables y los fiscales especiales permanecerán cinco años.

En caso de destitución del Fiscal, el Ejecutivo deberá solicitarlo al Senado de la República y éste aprobarlo por votación de las dos terceras partes de los miembros presentes.

También se contempla la obligación del Fiscal General para presentar un informe anual al Senado, en conjunto con los informes de los fiscales especiales, el Inspector General y de Consejo Consultivo.

Además, se establece la creación de un Sistema de Servicio Profesional de Carrera que regulará el ingreso, reclutamiento, ascensos, estímulos y recompensas del personal adscrito a la Fiscalía General de República bajo los principios de igualdad, idoneidad y mérito.

Al mismo tiempo, se prevé un plazo máximo de 120 días para la creación del marco jurídico correspondiente posterior a la reforma constitucional.

Una vez publicado el decreto, el Procurador General de la República que se encuentre en funciones concluirá su encargo y el Ejecutivo Federal designará al encargado de despacho de la Fiscalía General por un término no mayor al previsto para la designación del Fiscal General hasta en tanto no se haga la designación del nuevo titular.

Por último, se reforma el artículo 116 y se establece la obligación de los estados de adoptar el modelo de Fiscalía Estatal como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, y se instituye que en el proceso de elección de los fiscales estatales deberán aplicarse los mismos requisitos que al Fiscal General.


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