Jurisprudencia de la SCJN sobre matrimonio igualitario no obliga a diputados de Querétaro: magistrado
Solo establece un criterio para tribunales federales, afirmó Carlos Septién Olivares
La jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el matrimonio igualitario no obliga a nada a los diputados de la LVII Legislatura de Querétaro, aclaró Carlos Manuel Septién Olivares, presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
El representante del Poder Judicial explicó que nunca afirmó que los diputados debían reformar la ley para permitir el matrimonio igualitario en la entidad, pues la jurisprudencia no les genera ningún tipo de obligación.
“Yo nada mas señalé que la jurisprudencia de la SCJN da la pauta y aclara para las decisiones jurisdiccionales de los amparos, de que ya todos los estados deberán acceder a la petición de las personas si quieren contraer matrimonio. Esa es la situación“.
Dicha jurisprudencia, expuso, solo tiene efectos sobre los tribunales de índole federal, que deberán de resolver todos los amparos en materia de matrimonio igualitario a favor del ciudadano o ciudadana que desee contraer matrimonio con una persona de su mismo sexo.
“No es una obligación para los legisladores, es un criterio definido como muchísimas jurisprudencias siempre“, agregó.
Por lo pronto, en Querétaro el Código Civil establece que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, sin embargo, si personas del mismo sexo quieren contraer matrimonio, pueden presentar un amparo que, invariablemente gracias a la jurisprudencia, tendrá que darles la razón y permitirles realizar su unión civil.

