IEEQ desconoce situación penal de Gustavo Buenrostro Díaz
Aunque aclaran que para obtener el registro como candidato a la presidencia municipal de Querétaro, Gustavo Buenrostro debe tener plena facultad de sus derechos político electorales
Para poder ser registrado como candidato es necesario “tener plena facultad de sus derechos políticos electorales”, subrayó Carlos Rubén Eguiarte Mereles, secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), luego de que el Juez Segundo Penal libró una orden de aprehensión por el delito de incumplimiento de asistencia familiar en contra de Gustavo Buenrostro Díaz, precandidato del Partido Encuentro Social (PES) a la presidencia municipal de Querétaro.
“Desconozco de tal situación, es un requisito plasmado en el artículo octavo de la Constitución política del estado y en el artículo 13 de la Ley Electoral el hecho de que para ser registrado requiere ser ciudadano mexicano y tener plena facultad de sus derechos políticos electorales. Me parece hasta ese momento, con la información que tengo así es”, dijo.
Sin referirse más al tema ya que aseguró desconocerlo, explicó que la Ley Electoral da un plazo de tres días para una vez recibida la solicitud de registro como candidato el consejo general del IEEQ se pronuncie a favor o en contra, antes del 4 de abril.
En este sentido, detalló que la resolución del órgano electoral es impugnable y manifestó que quien se sienta agraviado tendrá como opción recurrir ante el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ).
“No se pierde (el registro), más bien no se otorga el registro en caso de que por algún motivo no se cumplieran los requisitos que establece la Ley, de manera que por supuesto quien se sienta agraviado podría interponer un medio de impugnación”, concluyó.