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Partidos podrán renunciar a financiamiento público a partir de mayo

Por Staff Códice Informativo - 09/04/2020

De acuerdo con un boletín emitido por el INE, los partidos están obligados a utilizar el recurso de sus prerrogativas para los fines que establece la ley

 Partidos podrán renunciar a financiamiento público a partir de mayo

Foto: Especial

El Instituto Nacional Electoral (INE) informó que los partidos políticos nacionales que así lo determinen podrán renunciar a una parte o a la totalidad de su financiamiento público, a partir del próximo mes de mayo.

Sin embargo, los recursos de sus prerrogativas que ya hayan sido depositados en sus cuentas bancarias no pueden devolverse, ni entregarse en donaciones a una institución pública o de forma directa a la ciudadanía.

De acuerdo con un boletín emitido por el INE, los partidos están obligados a utilizar el recurso de sus prerrogativas para los fines que establece la ley y, al respecto, enfatizó que no tienen la posibilidad de realizar ningún tipo de donación de los bienes y recursos públicos o privados.

El presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar, envió al INE un oficio en el que se informa, se los acuerdos de ese órgano de dirección partidista, para devolver el 50 por ciento de las prerrogativas ordinarias correspondientes al ejercicio 2020, así como su intención de devolver el mismo porcentaje de los montos recibidos entre enero y abril de este año.

Al respecto, la autoridad electoral explicó que un partido político puede renunciar a parte o a la totalidad del financiamiento público en los términos de lo establecido en el artículo 41 constitucional, siempre y cuando no lo haya recibido aún.

Dicha solicitud –añadió-, debe hacerse del conocimiento del INE para que el Consejo General del mismo determine la procedencia de dicha renuncia”, tal y como lo ha establecido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

El INE precisó que la renuncia a esos recursos puede aplicarse exclusivamente a las ministraciones mensuales de los recursos que aún no se han entregado al partido político.

La razón de ello, añadió, es que los montos ya depositados en la cuenta bancaria del partido político son recursos que ya entraron a su patrimonio y, por lo tanto, de acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos, deben ser destinados exclusivamente a los fines para los que les fueron entregados.

De no ocurrir así (como ocurriría si los recursos fueran “donados”), estos serían observables en los procedimientos de fiscalización respectivos y objeto de sanción por parte de la autoridad electoral.

Por todo ello, lo correspondiente al financiamiento ordinario enero-abril de este año, no puede ser “devuelto” y, en tal sentido, el Instituto solicitó al dirigente nacional de Morena que precise las modalidades en las que se renunciará al recurso público que le resta por recibir.


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