Registro Civil atiende casos de nombres “raros” en Querétaro
Aunque no existe una lista específica de nombre prohibidos, si se hacen recomendaciones cuando un nombre pueda afectar al menor
El director del Registro Civil municipal de Querétaro, Leonel Rojo Montes, aseguró que en Querétaro aún no existe una ley que restringa poner ciertos nombres a los menores cuando son registrados, –tal y como ocurrió hace unos días en el estado de Sonora-aunque en el estado sí se tiene la facultad para pedir que cambien un nombre cuando pueda ser objeto de mofa o desprecio.
En entrevista vía telefónica para Códice Informativo, el director del Registro Civil comentó que aún no se ha presentado algún caso en Querétaro donde se pida a los padres que cambien el nombre de un menor, por ser peyorativo.
“Nosotros no tenemos la facultad de restringir la libertad de los padres, pero sí tenemos la obligación de decirles que el nombre va a causar mofa o desprecio. Nunca se nos ha presentado un caso en el que tengamos que sugerirles a los padres, o pedirles a los padres que cambien el nombre”, afirmó.
En el caso de nombres prehispánicos o extranjeros, se pide a los padres de familia que lo escriban o lo pronuncien, y cuando esto se complica se puede recomendar a los padres el cambio de nombre, aunque legalmente no se tiene una lista de nombre prohibidos como en Sonora.
“Sí se dio en Sonora, aquí todavía no tenemos esas restricciones para efecto de los nombres de los menores, aquí solo tenemos esas restricciones: para el caso del que pueda causar mofa o desprecio”, añadió.
Cabe señalar que el Código Civil del estado estipula que el Registro Civil tiene la obligación de cuidar que los nombres de los niños no los expongan a la burla o discriminación, por lo que se somete al mismo procedimiento, ya que no existe una lista específica de nombre prohibidos.