Antecedentes penales no serán limitante para ocupar un cargo en municipio de Querétaro
Actualmente ningún funcionario de mayor rango o con gente a su cargo tiene en su historial antecedentes penales
El municipio de Querétaro realizó modificaciones al Reglamento de Órgano Interno de Control; que incluyen retirar la cláusula que exigía al titular de este organismo no tener antecedentes penales. De acuerdo con el actual titular, Javier Rodriguez Uribe, estos cambios se realizaron con el objetivo de dar cumplimiento al respecto de los derechos humanos, la reinserción social y la no discriminación.
“(…) estamos eliminando un requisito en particular para acceder al cargo de director o titular del órgano interno de control, este requisito es el de antecedentes penales, que desde luego a la evolución del derecho es una fragante violación al respeto de los derechos humanos”, afirmó.
El pasado martes 14 de marzo se aprobó el reglamento del órgano interno de control del municipio de Querétaro al cual, además de la eliminación del requisito de no antecedentes penales para ocupar un cargo público, se “incorporan al menos seis figuras jurídicas para garantizar los principios de legalidad”, explicó. Entre las que se encuentran una defensora de oficio, para el cual se asignará un abogado de forma gratuita para apoyar a servidores públicos, y visitas de verificación; para este objetivo se ha establecido un convenio de colaboración con el Colegio de Abogados del estado de Querétaro.
El contralor estableció que estas modificaciones no se contraponen a la llamada 5 de 5, mecanismo por el cual los funcionarios presentan una serie de pruebas que avalan que son confiables; entre las que se encuentra la carta de antecedentes no penales.
Recordó que este ejercicio es voluntario y el reglamento obligatorio, además de que por mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los antecedentes penales no pueden ser motivo de despido o de no contratación a menos de que el delito por el cual se les imputó tenga que ver con el servicio público.
“No lo contraviene, no se contrapone, porque el ejercicio cinco de cinco es un ejercicio voluntario de los servidores públicos y en cuanto al reglamento es una disposición normativa obligatoria, ahora si quiero ser muy claro los antecedentes penales por si solos no pueden ser un obstáculo para acceder a una fuente laboral (…) sin embargo, hay antecedentes penales que tienen que ver con el servicio públicos y de eso deriva que su sanción sería no acceder a un cargo público”, añadió.
Finalmente, dio a conocer que actualmente ningún funcionario de mayor rango o con gente a su cargo tiene en su historial antecedentes penales: “En el municipio de Queretaro los servidores públicos que tienen a su mando personal no cuentan con antecedentes penales que les imposibilite desempeñar su cargo”, concluyó.
Miriam Vega Sánchez
Editora de productos especiales
Periodista, egresada de la Universidad Autónoma de Querétaro. La escritura es la herramienta que yo he elegido para contribuir a la construcción de una sociedad más crítica y sensible ante las problemáticas enfrentamos como humanidad. He desempeñado esta profesión desde el 2018 y estoy ávida de incorporar nuevas formas y narrativas a mi trabajo periodístico.