×

Busquedas Populares


×

Opinión



Secciones




Tuits electorales podrían costarle al Piojo la cárcel

Por Staff Códice Informativo - 03/08/2015

De acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales serían hasta 15 años los que el ex timonel del Tri pagaría tras las rejas

 Tuits electorales podrían costarle al Piojo la cárcel

 

 

Luego de su destitución como entrenador del Tri y de los tuits políticos que emitió en plena jornada electoral, Miguel Herrera podría ir a la cárcel en caso de que la FEPADE lo encuentre culpable de hacer proselitismo el día de la jornada electoral.
El diputado panista, Fernando Rodríguez Doval, destacó la importancia de que las autoridades apliquen la ley “al pie de la letra”, para que los ciudadanos, famosos o no, tengan conciencia de que incumplirla puede traerles consecuencias graves como perder su libertad o un descalabro económico. En ese sentido, dijo que la investigación de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) en contra del ex director técnico de la Selección Mexicana de Futbol, Miguel Herrera, podría derivar en una sanción de hasta 15 años de cárcel.
Así como en multas económicas que van de cincuenta a cinco mil días que equivalen hasta 350 mil 500 pesos.
Lo anterior por haber hecho proselitismo a favor del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), a través de su cuenta de Twitter, durante el periodo de veda electoral de los comicios del 7 de junio.
El legislador recordó que los artículos 7 y 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales establece que todo ciudadano que incurra en “proselitismo o presione objetivamente a los electores” se le impondrán multas de cien días de salario mínimo o un castigo de seis a tres años de prisión y en caso de haber recibido dinero por haber actuado en pro de algún candidato o partido puede alcanzar una pena de hasta 15 años tras las rejas.
El artículo 7 de dicha ley señala: “Haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo”.
Mientras el artículo 15 menciona: “Se impondrá de mil a cinco mil días de multa y de cinco a quince años de prisión al que por sí o por interpósita persona realice , destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato , partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito , o en montos que rebasen los permitidos por la ley”.
Rodríguez Doval reconoció que será un pendiente para la siguiente legislatura adecuar la ley electoral para incorporar a las redes sociales dentro de los espacios entre los que se pueden cometer delitos electorales.


Otras notas



De nuestra red editorial