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El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro multa al PAN por incumplimiento de transparencia

Por Mánelick Cruz Blanco - 10/07/2024

Fueron cerca de 50 requisitos de transparencia que el PAN no publicó de forma correcta y, pese a los avisos de INFOQRO, no se subsanaron en tiempo y forma elementos como contratos a empresas privadas; sueldo de funcionarios panistas; entre otras

 El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro multa al PAN por incumplimiento de transparencia

El Partido Acción Nacional (PAN) ha sido sancionado con una multa de 51 mil pesos por el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ), tras una queja presentada por la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Querétaro (INFOQRO).

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Según la sentencia, INFOQRO solicitó en múltiples ocasiones desde el año pasado que el PAN cumpliera con la publicación de los requisitos establecidos por las leyes de transparencia. Sin embargo, el partido no respondió, lo que llevó al organismo a iniciar un proceso ante la justicia electoral.

Entre los documentos faltantes o incompletos se encuentran los tabuladores de gastos del partido, información sobre la contratación de personal, montos destinados a propaganda en radio y televisión, dictámenes financieros, y detalles de concesiones y contratos celebrados. También faltaron el padrón de proveedores, estudios financiados con recursos públicos, información sobre personal jubilado, el listado de fundaciones u organizaciones apoyadas por el partido, y otras obligaciones en materia de transparencia.

En total, INFOQRO registra 50 faltas en su queja ante el TEEQ. En más de la mitad de los casos, el PAN ni siquiera habilitó una liga correcta para que la ciudadanía accediera a los documentos. Estas faltas se registraron entre noviembre de 2023 y enero de 2024, periodo durante el cual el partido fue notificado en al menos tres ocasiones por INFOQRO.

El documento del TEEQ señala que el partido conocía sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información, y tenía la capacidad de cumplirlas, pero no lo hizo. Por ello, se considera la existencia de una “responsabilidad dolosa” en el incumplimiento.


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