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Pepmadu sumó 350 carpetas de investigación contra empresas contaminantes en 2018

Por Staff Códice Informativo - 16/08/2019

Querétaro, El Marqués y Corregidora son los municipios donde más casos se regitraron

 Pepmadu sumó 350 carpetas de investigación contra empresas contaminantes en 2018

Foto: Archivo

Durante 2018, la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano (PEPMADU) realizó 350 expedientes contra empresas y/o personas que causaron contaminación ambiental con emisiones a la atmósfera, contaminación del suelo o ruido.

De acuerdo con los datos publicados de la procuraduría, los expedientes fueron iniciados en 12 de los 18 municipios de la entidad, siendo Querétaro, El Marqués y Corregidora los municipios en los que hubo mayor número de expedientes con 138, 114 y 29 respectivamente.

La base de datos del organismo público descentralizado también revela que la Pepmadu abrió carpetas de investigación en Colón (12), Huimilpan (11), Tolimán (7), Cadereyta (6), San Juan del Río (3), Pedro Escobedo (3), Tequisquiapan (2) y en Amealco y Arroyo Seco un expediente respectivamente.

Aunque no se especifica cuál fue la conclusión, ni los nombres de las empresas o personas investigadas, la información también deja ver que, en comparación con 2017, el número de expedientes iniciados subió ligeramente, pues en ese año se abrieron 322 investigaciones.

Sin embargo, la cifra del año pasado es mucho más baja comparada con los expedientes iniciados durante 2016 (522) y durante 2015 (446).

El Artículo 183 de la Ley de protección ambiental para el desarrollo sustentable del estado, señala que las multas para quien viole la legislación son apercibimiento, multa por el equivalente de veinte a veinte mil veces el salario mínimo general vigente en la zona, en el momento de imponerse la sanción, clausura temporal o definitiva, parcial o total, suspensión o revocación de concesiones, permisos, licencias o autorizaciones, arresto administrativo hasta por treinta y seis horas, y restricción de la circulación de fuentes móviles de contaminación, así como la reparación del daño.

Si vencido el plazo concedido por la autoridad para subsanar las infracciones que se hubieren cometido, resultare que dicha infracción o infracciones aún subsisten, podrán imponerse multas por cada día que transcurra sin obedecer el mandato, sin que el total de las multas exceda del máximo permitido.


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