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TEEQ rechaza solicitud de conteo de votos tras elección en ayuntamientos y diputación

Por Carmen Galván - 02/08/2018

Hubo sesión ordinaria en el órgano electoral

 TEEQ rechaza solicitud de conteo de votos tras elección en ayuntamientos y diputación

Foto: C. Galván

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) consideró improcedentes diversos incidentes en el que se solicitaba el conteo de votos en las elecciones de ayuntamiento de Pinal de Amoles, Arroyo Seco y Huimilpan, así como en la elección de diputado local en el distrito siete del municipio de Corregidora.

En el caso de Pinal de Amoles, el TEEQ resolvió como improcedente para que se realizara un nuevo escrutinio y cómputo de votos como lo solicitó la candidata panista Silvia Landaverde Bocanegra, aún cuando su representante ante el consejo distrital desistió previamente a su solicitud de recuento.

En Arroyo Seco, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) solicitó el recuento jurisdiccional de la totalidad de casillas para la elección de dicho ayuntamiento, debido a la causal de error o dolo en las actas de escrutinio y cómputos en el 60 por ciento de las mesas directivas casillas.

Asimismo, manifestó que la cantidad de votos nulos y la diferencia entre el primer y segundo lugares fue menor a uno por ciento, pero los datos correspondían al cómputo preliminar, por lo que el tribunal concluyó que las inconsistencias no fueron determinantes en el resultado de la elección y por ende el recuento fue improcedente.

Con respecto a Huimilpan, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) solicitó un nuevo escrutinio y cómputo parcial, pero se resolvió como improcedente porque en el escrito el solicitante no expresó el recuento en sede jurisdiccional.

En cuanto a la elección a diputado local en el distrito 7, el PRI solicitó el nuevo escrutinio y cómputo en 131 casillas, pero como solo se solicitó la nulidad de la elección y no el recuento por la autoridad administrativa, así que se declaró como improcedente.

Por último, la autoridad electoral determinó no tener como presentada la impugnación interpuesta por Ulises Gómez, quien iría en la primera posición de la lista de diputaciones plurinominales del PRD, debido a diversas irregularidades en su expediente como un firma apócrifa, por no contar con un domicilio en Querétaro y al no presentarse al citatorio del tribunal.


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