México SA. Deuda asfixia al erario. Carlos Fernández-Vega
La Constitución establece que ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, y para […]
La Constitución establece que ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, y para ello el Congreso, entre otras, tiene la facultad de aprobar la deuda solicitada por el Ejecutivo, pero también la responsabilidad de sancionar el incumplimiento del ordenamiento legal en la materia.