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DDHQ emite recomendación para secretarios de gobierno y de salud, por muerte de Eduardo Rodríguez

Por Staff Códice Informativo - 27/04/2015

Además, exige la reparación del daño a la familia del hoy occiso.

 DDHQ emite recomendación para secretarios de gobierno y de salud, por muerte de Eduardo Rodríguez

La Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) emitió recomendación al secretario de gobierno de Querétaro, Jorge López Portillo Tostado y al secretario de salud, Mario César García Feregrino, derivado de la conclusión de las investigaciones, tras la muerte de un interno en el Centro de Readaptación Social (Cereso) de San José El Alto, quien llevó en vida el nombre de Eduardo Rodríguez Zaragoza.

El órgano autónomo aclara que el fallecimiento del agraviado no fue

provocado ni es atribuible a ninguno de los servidores públicos a quienes se envía la recomendación.

“Se acreditó la violación al Derecho Humano a la Protección a la Salud y al Trato Digno, derivado de la actividad irregular de naturaleza administrativa del Director, Subdirector de Seguridad y personal médico del CERESO, así como algunos médicos del Hospital General de la Secretaria de Salud, al no tomar las medidas necesarias respecto a la grave condición de salud de la persona bajo su cuidado”, dice un comunicado emitido por la DDHQ.

Esto luego de que el pasado día 24 del mes de enero, la madre del agraviado acudió a manifestar que el personal del Cereso no le brindó atención médica indispensable, quien presentaba un problema en el paladar que ella consideró era grave.

Para lograr la atención del agraviado, la DDHQ pidió la intervención de diversas instancias, como la Secretaría de Salud, quien negó atención inmediata, por lo que se tuvo que acudir a la Procuraduría General de Justicia (PGJQ), instancia que constató que el paciente requería atención.

Tras diversas acciones, la DDHQ logró que el interno fuera intervenido médicamente en algunas ocasiones afuera de las instalaciones del Cereso; sin embargo, ya fueron insuficientes, porque el procesado padecía cáncer bucofaríngeo y falleció el día 26 de febrero.

Por ello, el organismo considera que los servidores públicos del Centro de Reinserción Social fueron omisos, al no realizar las acciones que permitieran una atención especializada respecto del padecimiento del hoy occiso.

“Los servidores públicos penitenciarios pretenden justificar sus omisiones, en que los familiares del interno no mostraban interés en el agraviado, ya que desde su ingreso al Centro habían asistido en pocas ocasiones, sin tomar en consideración, que la quejosa, madre del agraviado tiene 82 años de edad, vive en otra entidad federativa alejada de Querétaro, tiene un delicado estado de salud, disminuida su capacidad física de movilidad y una precaria situación económica”, continúa el documento.

La DDHQ considera que relativo a los servidores públicos del Hospital General, se advierten diversas irregularidades de carácter administrativo contrario al trato digno que merece toda persona, afectando al paciente, su madre y familiares; la reiterada insistencia en remitirlo al CERESO al considerar erróneamente que el recinto penitenciario cuenta con mejores condiciones de salubridad, tampoco las medidas de seguridad e higiene en el tratamiento de cadáveres, aunado a la escasa colaboración en las investigaciones de la Defensoría.

“Han quedado probadas las violaciones a los Derechos Humanos por personal del CERESO, al no realizar la canalización correspondiente a los hospitales, bajo las medidas de seguridad necesarias en instituciones públicas, pese a la existencia de un riesgo para la vida o la salud del agraviado”.

Por ello, recomienda que se tomen acciones por parte del secretario de gobierno del Poder Ejecutivo de Querétaro para que se inicie el procedimiento de responsabilidad administrativa en contra del Director, Subdirector de Seguridad, personal médico del Cereso y contra quienes resulten responsables y de advertir conductas probablemente constitutivas de delito, sean denunciadas ante la autoridad ministerial.

“Se de vista al Órgano Interno de Control de esa Dependencia, para que se inicie el Procedimiento de Reparación del Daño Material e Inmaterial, relacionado con la afectación económica y psicológica que no debió resentir la quejosa, por la actividad administrativa irregular por las autoridades anteriormente citadas”.

Además de otras medidas preventivas para que esto no vuelva a ocurrir.

Cabe destacar que el occiso era uno de los 31 presos provenientes de Jalisco por el caso de la Laborcilla.


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