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Modificación de artículos a la Ley del IMSS y del ISSSTE beneficiarán a los derechohabientes

Por Staff Códice Informativo - 02/02/2023

Los recién nacidos serán también beneficiados con las modificaciones a los artículos 94 de la Ley del IMSS y del artículo 38 de la Ley del ISSSTE, ya que en caso de que la madre trabajadora y asegurada falleciera, otorgarán los derechos tanto a los hijos como al cónyuge

 Modificación de artículos a la Ley del IMSS y del ISSSTE beneficiarán a los derechohabientes

La Senadora de la República por Querétaro, Estrella Rojas Loreto se manifestó satisfecha por el entendimiento del pleno camaral para aprobar varios dictámenes que modifican diversos artículos de la Ley del Seguro Social (IMSS) y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), mismos que beneficiarán a los derechohabientes de estos institutos.

“Estamos legislando en materia de seguridad social a fin de que los mexicanos beneficiarios de estos institutos puedan hacer valer los derechos que a lo largo de su vida como trabajadores de estas dependencias han ido mereciendo”, señaló.

Aseguró que este tipo de temas no deben ser vistos con colores partidarios, por el contrario se buscará siempre mejorar las condiciones sociales y económicas mediante la protección contra la pobreza, la vejez, la enfermedad, desempleo, discapacidad o problemas derivados de la vejez.

Dentro de las modificaciones aprobadas destaca la eliminación de condicionamientos para otorgar pensión por viudez en las Leyes del IMSS como del ISSSTE, por lo que a partir de la expedición de esta modificación los derechohabientes ya no tendrán que demostrar ciertos requisitos que impedían gozar de este derecho.

Existían absurdos legales, que el día de hoy han sido eliminados como la exigencia de seis meses o un año de vigencia de matrimonio con anterioridad al fallecimiento del trabajador o del pensionado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, lo cual era ilegal e inaceptable, teniendo claro que el fallecimiento es una causa ajena o fortuita”, subrayó.

Los recién nacidos serán también beneficiados con las modificaciones a los artículos 94 de la Ley del IMSS y del artículo 38 de la Ley del ISSSTE, ya que en caso de que la madre trabajadora y asegurada falleciera, otorgarán los derechos tanto a los hijos como al cónyuge, padre, concubinario o quien ejerza la patria potestad que lo acredite.

“Desde la Cámara Alta continuaré a favor de estos temas tan sensibles, politizarlos sería un error muy lamentable, pues se trata de ayudar a quienes se entregan a lo largo de su vida al trabajo por fortalecer el funcionamiento de las instituciones”, concluyó.


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