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Inconstitucional penalizar por más de 5 gramos de marihuana para uso personal: SCJN

Por Lu García Girón - 11/05/2022

El criterio no es obligatorio y puede ser retomado en futuros amparos.

 Inconstitucional penalizar por más de 5 gramos de marihuana para uso personal: SCJN

Foto: Archivo

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de marihuana, al menos que fiscales o jueces prueben que no es para ese fin.

El proyecto sobre la posesión simple fue presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara el cual obtuvo 3 votos a favor y 2 en contra de la invalidez de una parte del artículo 478 de la Ley General de Salud, el cual permite sólo la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal y castiga de 10 meses a 3años a quien exceda esa cantidad.

De esta manera quedó desestimado poner un límite a las cantidades de cannabis que una persona pueda traer consigo, siempre y cuando sea para uso personal, ante esta decisión, organizaciones civiles pidieron una revisión de fondo a este tema para evitar criminalizar a los usuarios.

El fallo precisa que perseguir penalmente a los consumidores es castigar a las personas por su forma de ser, no por una conducta que afecte a la sociedad, a diferencia del narcomenudeo o el narcotráfico.

“El que se permita al Ministerio Público ejercer acción penal contra una persona que posea más de 5 gramos de cannabis para consumo personal, en realidad está castigando cualidades morales, la personalidad o el comportamiento personal; lo cual no tiene sustento Constitucional”, precisa el proyecto presentado por González Alcántara.

Cabe destacar que esta decisión no aplica para todos, ya que la medida protege a un joven que se amparó contra esa ley, luego de que fue detenido en 2018 por transitar con más de 30 gramos, pese a que explicó que era para uso personal.

Las personas que porten más de cinco gramos de marihuana aún pueden ser presentadas ante el Ministerio Público y será esa autoridad la encargada de determinar si la posesión es o no para consumo personal.

 

 

 


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