Ajuste Tarifario de 2018 se hizo con sustento técnico y económico, insiste IQT
El organismo público manifestó que sí hubo estudios para justificar el ajuste
Ante las versiones sobre la supuesta falta de elementos en el estudio socioeconómico del estudio técnico realizado para el ajuste tarifario de 2018 y con la finalidad de evitar desinformación entre la población, particularmente, con los usuarios del transporte público colectivo, el Instituto Queretano de transporte realizó algunas precisiones.
En primera instancia, la dependencia señaló que en el caso particular que atañe a la resolución del amparo en revisión 25/2021, derivado del amparo indirecto 119/2019, tramitado en el Juzgado Quinto de Distrito que señala la supuesta falta de elementos en el estudio socioeconómico, se atenderá conforme a lo determinado por el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito, en el entendido de que la resolución únicamente ampara al promovente.
Aseveró que este amparo es uno de nueve que se presentaron a inicios de 2019, de los cuales, seis fueron desechados, uno sigue en proceso y en otro más, el estudio socioeconómico fue reconocido y avalado por sentencia del amparo en revisión 20/2020 por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil, derivado del amparo indirecto 120/2019 tramitado en el Juzgado Séptimo de Distrito y que es un requisito establecido por la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro.
“En la sentencia referida, se establece que es falsa la premisa de que no existe dicho estudio, pues lo cierto es que en las pruebas del juicio de amparo, obra el resumen ejecutivo y actualización de estudio socioeconómico de usuarios de transporte público en la zona metropolitana de Querétaro”, aseguró la institución en un comunicado.
En este sentido se precisaron los análisis de datos sobre la economía estatal que considera los cambios en la participación del Producto Interno Bruto (PIB) Estatal en el PIB Nacional, la vivienda, el empleo, la educación; así como la generación de encuestas de opinión y de origen-destino que contemplan información de la movilidad, ingresos y gastos de los usuarios, al igual que los principales generadores y atractores de viajes, líneas de deseo, entre otros, cumpliendo con ello, lo estipulado en el artículo 162 fracción X de la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro.
Es decir, previamente, otra autoridad judicial ya había dictaminado que el ajuste a la tarifa del transporte público que entró en vigor el 21 de diciembre del 2018, sí tiene sustento en el estudio técnico que incluye un estudio socioeconómico.
”En el caso particular de la tarifa, por primera ocasión en la historia del transporte público de Querétaro, se realizó un estudio técnico que permitiera analizar con indicadores nacionales e internacionales relacionados con el servicio, considerando aspectos de revisión de costos indirectos, directos, operativos y lo relacionado con el estudio socioeconómico, a fin de fomentar un sistema tarifario sustentable, que impulse una mayor calidad y competitividad del servicio para beneficio de los propios usuarios”, señaló el IQT.
Finalmente, la organización expresó que, contrario a lo que ocurría en otros sexenios -donde se sorprendía con cambios tarifarios al final de la administración- en este gobierno se realizó el ajuste en el 2018 de manera responsable y sustentable, partiendo de criterios exclusivamente técnicos y normativos.