STPS define días de descanso para 2018
Entre otros, están contemplados la navidad, el 1 de mayo y el 16 de septiembre
A pocos días de que concluya el 2017, la Secretaría del Trabajo y Previsión social estableció los días de descanso oficiales durante el siguiente año, los cuales se distribuirán de la siguiente manera:
Días festivos oficiales
Lunes 1 de enero: Año Nuevo
Lunes 5 de febrero: Conmemoración por el Día de la Constitución
Lunes 19 de marzo: Natalicio de Benito Juárez
Martes 1 de mayo: Día del Trabajo
Domingo 16 de septiembre: Día de la Independencia de México
Martes 20 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana
Sábado 1 de diciembre: Entrega del poder presidencial luego de las elecciones del domingo 1 de julio
Martes 25 de diciembre: Navidad
De acuerdo con los artículos 69, 71 y 73 de la Ley Federal del Trabajo, los empleados tienen derecho a un día de descanso por cada seis días de trabajo, además de los días de descanso obligatorios, conocidos como feriados. “Si se trabaja en un día de descanso obligatorio, se debe pagar al doble independientemente de su salario”.
Asimismo, el trabajador no tiene obligación de trabajar los días de descanso, excepto cuando exista un acuerdo de por medio. En ese caso, deberá ser remunerado como se describe en el párrafo anterior. Si se labora los domingos, la empresa o patrón debe pagar ese día, con un 25% adicional como mínimo (prima dominical). Sin embargo, existen fechas que por algún motivo se consideran festivos, pero no son obligatorios:
Sábado 6 de enero: Día de Reyes
Miércoles 14 de febrero: Día de San Valentín
Sábado 24 de febrero: Día de la Bandera
Jueves 29 de marzo: Jueves Santo
Viernes 30 de marzo: Viernes Santo
Domingo 1 de abril: Domingo de resurección
Lunes 30 de abril: Día del Niño
Sábado 5 de mayo: Conmemoración de la Batalla de Puebla
Viernes 2 de noviembre 2018: Día de los Muertos
Miércoles 12 de diciembre 2018: Día de la Virgen de Guadalupe /Día del empleado bancario
Lunes 24 de diciembre 2018: Nochebuena
De acuerdo con el calendario escolar 2017-2018 de 185 días de la Secretaría de Educación Pública (SEP), los estudiantes regresarán a clases el lunes 8 de enero. Posteriormente tendrán vacaciones del lunes 26 de marzo al viernes 6 de abril y concluirán el ciclo el 25 de junio, para comenzar el 1 de agosto.
En el caso de los alumnos que cursan el calendario de 195 días, se reincorporarán el lunes 8 de enero y tendrán un receso vacacional del lunes 26 de marzo al viernes 6 de abril. Las vacaciones de verano iniciarán el lunes 9 de julio y concluirán el miércoles 31 de julio.
El calendario de 200 días tendrá como feriado del jueves 21 de diciembre de 2017 al viernes 5 de enero de 2018, posteriormente, del lunes 26 de marzo al viernes 6 de abril y finalmente del lunes 16 de julio al miércoles 31 de julio.