Legislatura aprueba tipificar feminicidio en Querétaro
La iniciativa aprobada incluye también el tema de la seguridad alimentaria para mujeres
La propuesta firmada por los Poderes del Estado y las Fuerzas Políticas representadas en la LVII Legislatura para garantizar los derechos de las mujeres en Querétaro culminó su proceso legislativo y, finalmente, los diputados aprobaron la tipificación del feminicidio y la seguridad alimentaria para mujeres.
Beatriz Marmolejo Rojas, quien preside la Comisión de Equidad de Género y Grupos Vulnerables en la LVII Legislatura, subió en primer término a la tribuna del pleno legislativo queretano y expuso la importancia de que se establezca al feminicidio como un delito específico.
“La inclusión del feminicidio en nuestra legislación es a penas, creo, un pequeño paso de la erradicación de la violencia contra la mujer, el cual no representa en sí una única solución al problema. Es cierto que a la fecha diversos homicidios perpetrados contra mujeres siguen sin ser catalogados adecuadamente, lo que nos lleva a ignorar la realidad, a pensar que son meros hechos aislados cuando la realidad no es así. Pero esto no excluye a la sociedad ni nos exime a los diputados a encontrar otros enfoques para erradicar la violencia contra la mujer”, argumentó Marmolejo.
Braulio Guerra Urbiola, quien preside la Mesa Directiva, aceptó que ha habido críticas desde el ámbito de la técnica jurídica respecto a la pertinencia de particularizar en el Código Penal el asesinado de mujeres, pero explicó el por qué es importante seguir adelante a pesar de las críticas.
“El feminicidio particulariza la privación de la vida de la mujer y no solamente debe quedarse como una agravante sino al darlo como delito particular permite traducirlo en esa acción afirmativa que se reconoce en el Estado de que aquella persona que agreda y violente a una mujer lo habrá de pensar dos veces”, advirtió
De manera textual, el artículo 126 Bis del Código Penal del Estado de Querétaro quedará de la siguiente forma:
“Al que prive de la vida a una mujer por razones derivadas de su género, se le impondrán de 20 a 50 años de prisión y de quinientos a setecientos cincuenta días multa”.
También establece prisión de tres a ocho años y de 500 a 700 días de multa a los servidores públicos que retarden o entorpezcan la procuración de justicia.