IEQ entrega reglamento para realizar plebiscitos y referéndums
La propuesta será aprobada el próximo 19 de marzo
En el marco de la ley estatal de Participación Ciudadana, el Instituto Electoral de Querétaro (IEQ) presentó a los partidos políticos el reglamento para llevar a cabo plebiscitos y referéndums.
José Vidal Uribe Concha, quien preside el Consejo General del IEQ, recordó que marzo es el mes límite para entregar el reglamento y por ello lo ponen este miércoles a disposición de los miembros del consejo y partidos políticos, pareciéndose que el próximo 19 de marzo se retomará la sesión para aprobarlo.
“Inmediatamente en el acto posterior en el que el Consejo General dio por terminado el proceso electoral 2012 el pasado 30 de septiembre, el siguiente punto del orden del día fue el acuerdo para integrar una comisión transitoria donde están los consejeros electorales y representantes de los partidos políticos, para cumplir con esta disposición que tenemos de seis meses después a partir de que concluye el proceso electoral. Esos seis meses agotan en marzo y, en consecuencia, el Consejo General señaló que el día 13 presentara la Comisión Transitoria el proyecto de reglamento y se resolviera en consecuencia”.
El proyecto de reglamento establece que los plebiscitos y referéndums se realicen de la misma manera que se llevan a cabo los procesos electorales, consta de 53 artículos y está dividido en cuatro títulos.
Entre los más importantes está el procedimiento de plebiscito y referéndum, la convocatoria que debe hacer el IEQ en caso de que se concrete la obligatoriedad de organizar alguno de estos mecanismos, la campaña de difusión que tenga que realizarse para dar conocimiento a la ciudadanía, la instauración de consejos, la instalación de mesas directivas de casilla y centros de votación, la impresión de boletas y la adquisición de todo el material y el equipo necesario para realizar las consultas ciudadanas.
También se establecen sanciones, recursos de inconformidad, así como plazos y notificaciones, muchos de los apartados de la Reglamentación dirigen a diversas disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Querétaro.
“Hay que señalar que esta ley, en su propio artículo 3, contempla otras figuras que no le tocan y no son competencia de la institución, solamente son dos las que tocan al IEQ, pero la ley nos habla de iniciativa ciudadana, consulta vecinal y nos habla de obra pública con participación ciudadana. Son tres figuras que al Instituto no le toca reglamentar, ¿qué es un reglamento? Es el cómo, qué voy a hacer cuando llegue una solicitud, qué instancia, qué trámite y qué procedimientos”, agregó Uribe Concha.
Plebiscito es una consulta que el gobierno de un estado hace a los ciudadanos mediante una votación para aprobar o rechazar alguna cuestión política y referéndum es el procedimiento jurídico por el que se someten al voto popular leyes o actos administrativos, cuya ratificación por el pueblo se propone. En ambos casos, y tal como viene la ley actualmente, el ciudadano tendrá que juntar el tres por ciento de la lista nominal del espacio en el cual se quiera realizar para que el IEQ tenga que llevarlo a cabo.