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Reformas en materia de derechos humanos cambiaron al país: ministra

Por Staff Códice Informativo - 05/10/2012

lLa Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos dictó una Conferencia Magistral en el Teatro Alameda

 Reformas en materia de derechos humanos cambiaron al país: ministra

La aplicación del control difuso de la constitucionalidad y la convencionalidad han cambiado radicalmente el derecho mexicano, aseguró la Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos durante la Conferencia Magistral “Las Reformas Constitucionales en Materia de Derechos Humanos y Amparo y sus repercusiones en el ámbito fiscal y administrativo”.

Ahí mencionó que anteriormente imperaba un control concentrado de la constitucionalidad, lo que cambió radicalmente con ese fallo, puesto que, entre otras cosas, se decidió que todos los jueces del Estado mexicano debían aplicar el control difuso de la constitucionalidad y la convencionalidad.

“Para entender la trascendencia de esta medida primero debemos precisar que el Derecho internacional se forma a través de acuerdos denominados “tratados”, que adquieren su valor obligatorio por medio de la regla pacta sunt servanda, que proviene de la costumbre internacional, y que consiste en el deber de todo Estado de cumplir plenamente con sus obligaciones internacionales. Si no existiera este principio, se produciría un quiebre de las relaciones internacionales, ya que se dejaría a la voluntad de los Estados cumplir o no con lo pactado en los tratados que suscriban”

El principio de interpretación conforme con la Constitución y los tratados internacionales implica un control de convencionalidad que deben realizar los jueces nacionales. La doctrina considera que este control surge del principio iura novit curia, que implica que el juzgador debe “aplicar las disposiciones pertinentes en una causa, aun cuando las partes no las invoquen expresamente”. Asimismo, se deriva de los artículos 1° y 2° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que obliga a los Estados suscriptores a garantizar los derechos y las garantías reconocidos en ella y a adoptar las medidas para asegurar el respeto a esos derechos y al principio pacta sunt servanda.

En cuanto al control de convencionalidad la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que este presupone tres pasos:

“a) realizar la interpretación conforme en sentido amplio. Ello significa que los jueces del país, al igual que todas las demás autoridades del Estado mexicano, deben interpretar el orden jurídico a la luz y conforme a los derechos humanos establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales en los cuales el Estado mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

b) Interpretación conforme en sentido estricto. Ello significa que cuando hay varias interpretaciones jurídicamente válidas, los jueces deben, partiendo de la presunción de constitucionalidad de las leyes, preferir aquella que hace a la ley acorde a los derechos humanos establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales en los que el Estado mexicano sea parte, para evitar incidir o vulnerar el contenido esencial de estos derechos.

c) Inaplicación de la ley cuando las alternativas anteriores no son posibles.

 


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