Convergencia, el nuevo partido local

Sin la venia en todas las instancias locales –el IEQ, la Sala Electoral del TSJ pero también políticas de oficio– la tarde de este lluvioso […]

Sin la venia en todas las instancias locales –el IEQ, la Sala Electoral del TSJ pero también políticas de oficio– la tarde de este lluvioso miércoles 9 de junio y con los siete votos a favor de los magistrados que integran la sala del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, esta ordenó la revocación del resolutivo emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro de fecha de 12 de marzo del año en curso por el que negara a la organización denominada Convergencia Ciudadana su solicitud de registro como partido político local.
Y a la vez, se revoca la toca cinco que emitiera la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado, pero será el Instituto Electoral de Querétaro, en plena transición, el que reponga el procedimiento.
Los motivos centrales por los que esta Sala federal ordena la revocación del resolutivo fueron particularmente por haber negado la garantía de audiencia como un derecho constitucional y que se instrumentó sin dar explicación alguna, desde el IEQ.
Si usted lo recuerda, el Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro ordenó la creación de una Comisión Interna, por única vez, que agotaría la solicitud de registro presentada por esta organización denominada Convergencia Ciudadana.
Esta “comisión” negó sistemáticamente no solo el reconocimiento de los asistentes a las asambleas municipales constitutivas a quienes etiquetó a muchos como “fallecidos” sin tener mayores elementos ni cumplió agotar con pruebas su dicho.
Ante esto, es que ahora la Sala del Tribunal Federal Electoral le ordena ya no a la citada “comisión” que por supuesto ya no existe ni habrá manera de reponerla, sino al Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro, que “reponga el procedimiento de registro de la referida organización para que le informe de los miembros que consigna la afiliación y las razones por las que no pueden ser tomados en cuenta y la prevenga – a la organización solicitante – para que en un plazo razonable, manifieste lo que a su derecho corresponda o, en su caso, presente las pruebas pertinentes para acreditar su registro, conforme a lo previsto al respecto por la Ley Electoral vigente en el estado”.
Otro grave error en los que incurrió la citada “comisión” y posteriormente el Consejo General del IEQ fue su resolutivo en torno a los llamados documentos básicos que exhibió la agrupación solicitante al manifestar que eran “parecidos” a los del viejo Partido Convergencia Ciudadana y que había ya desparecido en el año de 2011.
Es entonces que esta Sala Federal ordena al IEQ el análisis de estos documentos “a fin de que sean cotejados con el de los partidos políticos con registro vigente”. Fíjese usted bien, “con el de los partidos políticos con registro”. Ésta pues, será otra de las fallas cometidas por este todavía vigente pero ya grogui Instituto Electoral de Querétaro.
Ahora para el IEQ el tiempo comienza a correr “para presentar un nuevo acuerdo debidamente fundamentado en el que resuelva sobre la solicitud de registro como Partido Político Estatal presentada por Convergencia Ciudadana”.
Este es, sin lugar a dudas, el tanque de oxígeno que requería Convergencia Ciudadana y seguramente en el momento que se otorgue, la mayor noticia política en lo que va del sexenio.
Son los nuevos aires de la democracia.
Andrés González
Periodista de toda la vida, egresado de la escuela Carlos Septién García, catedrático en la Universidad de Guanajuato, analista político en radio y prensa escrita, además de Premio Estatal de Periodismo en el 2000.