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Da SCJN espaldarazo a Ley de Aguas en Querétaro

Por Staff Códice Informativo - 23/04/2025

La SCJN señaló que no existe ninguna inconstitucionalidad en la Ley de Aguas de Querétaro

 Da SCJN espaldarazo a Ley de Aguas en Querétaro

Este lunes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), reconoció la validez de las reformas hechas a la Ley que Regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Querétaro, en los artículos 74 y 75, en el último párrafo de dicha ley.

Esto luego de que algunos activistas y militantes de izquierda criticaran y protestaran por la medida, y que la Consejería Jurídica del gobierno Federal demandara la invalidez de dicha ley, que fue publicada el 9 de abril del 2024.

¿Las razones? Las reformas se consideraban violatorias del artículo 4° Constitucional, al “limitar” el acceso al agua. Y es que la reforma plantea que a los usuarios morosos del servicio de agua se le pudiera recortar el suministro hasta un mínimo de 50 litros por persona al día, como lo establece la Organización Mundial de la Salud (OMS).

De acuerdo con la interpretación de los detractores, esta disposición implicaría que las personas no podrían acceder al vital líquido, coartando así su derecho.

Sin embargo, el pleno consideró que “una adecuada interpretación de la norma implica que la cantidad de agua a la que tendrá derecho cada persona en casos de incumplimiento de los pagos del servicio no debe entenderse de manera uniforme, sino que responderá a sus necesidades específicas, que significa que el suministro de agua sea suficiente y continuo tal y como establecen los estándares internacionales en la materia y sus propios precedentes”.

Sobre el tema de las concesiones del servicio de agua a particulares, “el Pleno sostuvo que el prestador del servicio nunca está exento de proporcionar la cantidad mínima indispensable de agua para cada persona conforme a sus necesidades específicas, ya que se está subrogando en las obligaciones de las autoridades estatales en la materia y entre éstas se encuentra la de tutelar el acceso al agua”.

Con lo anterior, la Corte avaló lo dispuesto por la Legislatura local y asestó un revés a los grupos opositores de la medida, muchos de ellos vinculados al morenismo local. ¿Qué es lo que vendrá después de esta resolución? Lo veremos.


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