TEEQ ordena revocar medidas cautelares impuestas a Arturo Maximiliano
Según esta resolución, los espectaculares no incluían elementos que hicieran referencia a un acto de campaña o pre campaña de manera anticipada, por lo que no hay falta en el proceso electoral.

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) ordenó la revocación de las medidas cautelares que impuso la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) por presuntos actos anticipados de campaña por parte de Arturo Maximiliano.
Las medidas cautelares consistían en el retiro de sus promocionales y que evitará nuevamente la colocación de espectaculares por parte del comunicador.
Sin embargo, de acuerdo con el proyecto de resolución del expediente TEEQ-RAP-11-20 interpuesto por Arturo Maximiliano se resolvió en revocar dicha resolución, dado que no advierten que haya elementos o indicios que permitan suponer que se tratan de actos anticipados de campaña o precampaña.
“Propone revocar los acuerdos impugnados al resultar fundados los agravios hechos al recurrente ya que, de un análisis preliminar de la publicidad enunciada no se advierten elementos o indicios que permitan suponer que se tratan de actos anticipados de campaña o precampaña que puedan considerarse como una amenaza de inequidad en el proceso electoral”, indicó el proyecto resolutivo.
Agregó que el contenido de los espectaculares corresponde a la labor del recurrente como comunicador, además que las notas periodísticas realizadas por terceros no son válidas como elementos de prueba.
Por otro lado, el Tribunal Electoral también aprobó una amonestación pública en contra del presidente municipal de Cadereyta y el secretario del Ayuntamiento por realizar acciones que vulneraron el desempeño de una regidora.
Ello debido a que no cumplieron con la sentencia que emitió el TEEQ el pasado 10 de julio en contra de las mismas personas.