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IEEQ espera recuento de votos en elección de presidente municipal de Tolimán

Por Karen Munguía - 22/07/2015

Inició esta mañana de miércoles por decisión del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro

 IEEQ espera recuento de votos en elección de presidente municipal de Tolimán

 

Este miércoles a las 9:00 horas dio inicio el recuento jurisdiccional que el Tribunal Electoral del estado de Querétaro (TEEQ) determinó hacer para la elección de presidente municipal de Tolimán, informó Gerardo a Romero Altamirano, consejero presidente del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ).

Dijo que hay que esperar las notificaciones del Tribunal, por lo que no quiso adelantar si este recuento podrá influenciar en el conteo inicial, puesto que el resultado está en manos de los magistrados del TEEQ.

Según el conteo oficial, Martín Jiménez Ramos, aspirante del Partido Verde, alcanzó una votación total de 2 mil 369 votos ocupando con el ello el primer lugar; el segundo lugar fue para el Partido Nueva Alianza con 2 mil 331 votos, siendo la diferencia entre el primero y el segundo de solo 38 votos, mientras que el PRI que alcanzó el tercer lugar, llegó a los 2,243 votos.

Los votos nulos fueron 547 que ratifica, es decir, el número es mayor que la diferencia entre el primer y el tercer lugar de la elección.

De los tiempos no pudiéramos adelantarnos, es la primera vez que hacemos un recuento total jurisdiccional en el municipio de Tolimán, en el caso de la historia de Querétaro entonces no tenemos una referencia de cuántas horas se van a tomar“, dijo.

Romero Altamirano expresó que tanto el personal del Instituto Electoral como del Tribunal Electoral se encuentran en el consejo de Tolimán realizando el recuento, el cual desconoce a qué hora pudiera culminar.

El consejero presidente aclaró que el IEEQ negó el recuento puesto que no lo solicitó el partido que debía, sino un tercero, en este caso el PRI.

La Ley determina que si la diferencia entre el primero y el segundo lugar es menor al 1 por ciento, o si la cantidad de votos nulos es mayor a esta diferencia podría proceder a este recuento. Cada autoridad jurisdiccional determina cuáles son las razones en las cuales basa un recuento“, explicó.


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