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Reforma ley que regula el servio de agua es ambigua y sin base científica: ambientalista

Por Mánelick Cruz Blanco - 05/04/2024

Enrique Uribarren explicó que la reforma no está hecha con base científica y su ambigüedad podría inclusive implicar que podría suministrarse incluso menos de los 50 litros por persona en caso de declararse escasez de agua

 Reforma ley que regula el servio de agua es ambigua y sin base científica: ambientalista

La reforma a la Ley Reglamenta la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Querétaro ha generado preocupación entre ambientalistas y ciudadanos debido a su falta de claridad y ambigüedad en varios aspectos.

Para el ambientalista Enrique Uribarren, la normativa propuesta no define claramente los parámetros técnicos y científicos para determinar la escasez de agua, ni establece un procedimiento para su declaración o levantamiento.

Además, la garantía de suministro mínimo de 50 litros diarios por persona es considerada insuficiente por expertos. Uribarren además criticó la redacción de la reforma, señalando que la falta de definición de conceptos clave como la escasez de agua y la garantía de suministro mínimo deja margen para la discrecionalidad del gobierno en la gestión del recurso hídrico.

La ausencia de especificaciones sobre la temporalidad de la declaración de escasez y los procedimientos para su manejo genera incertidumbre entre la población.

Una de las ambigüedades señaladas por Uribarren se refiere al artículo 117 de la reforma, el cual establece la posibilidad de “limitar” el suministro de agua en caso de escasez, garantizando 50 litros. Sin embargo, la falta de claridad sobre si esta cantidad es por persona o por toma de agua puede llevar a interpretaciones divergentes y a una distribución insuficiente del recurso, según las normativas internacionales.

Para Uribarren, la justificación dada por los diputados que respaldaron la reforma, asegurando que no se busca limitar el acceso al agua sino garantizar un suministro mínimo, es insuficiente. El integrante del Observatorio Ciudadano de la Protección Ambiental del estado de Querétaro, criticó además que la normativa carezca de fundamentos técnicos respaldados por expertos y no cumple con los estándares internacionales para garantizar el derecho humano al agua.

“¿Cuál es la temporalidad que va a tener esta característica? Llevamos 4 años de sequía en Querétaro, ¿quiere decir que durante los últimos 4 años que ya estaríamos en escasez y únicamente se nos tendrían que suministrar los 50 litros diarios? ¿Y cuál es el procedimiento para demitir esta declaratoria de escasez? ¿Y cuál será el procedimiento para levantar dicha declaratoria? Nada de esto viene definido en la ley”, lamentó.

En entrevista, Uribarren expresó su preocupación por el impacto que esta reforma podría tener en la calidad de vida de los habitantes de Querétaro, especialmente en medio de un contexto de sequía persistente en la región.

“Si consideramos que en Querétaro en cada casa viven en promedio 5 personas, el dotar de 50 litros diarios, a secas, equivaldría a dar 10 litros diarios por persona, lo cual, evidentemente, queda muy por debajo de estos 50 a 100 litros diarios por persona para garantizar el derecho humano al agua. Entonces, es una modificación que se queda muy corta. Tenían la oportunidad de haber hecho una mejor reforma y pusieron una muy mala reforma”, explicó.

Finalmente, destacó la importancia de diseñar una legislación clara y basada en evidencia científica para asegurar la protección y gestión adecuada del recurso hídrico en el estado, realizada de la mano de los experimentos en la materia.


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