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Violaron derechos SSC y Subsecretaría de Segob durante manifestación en defensa del agua

Por Staff Códice Informativo - 20/04/2023

Así lo concluyó la DDHQ tras una “exhaustiva investigación” por lo cual emitió una serie de recomendaciones a estas dos instancias

 Violaron derechos SSC y Subsecretaría de Segob durante manifestación en defensa del agua

La Defensorías de los Derechos Humanos del estado de Querétaro (DDHQ), emitió una recomendación a la Secretaría de Seguridad Ciudadana y a la Subsecretaría de Desarrollo Político y social debido a que consideró que sí se violaron los derechos humanos de los ciudadanos que se manifestaron el pasado 10 de junio de 2022 sobre avenida 5 de febrero, frente a la CEA.

A esta conclusión llegó la instancia, luego de investigar el hecho a través de nueve informes, 23 entrevistas y testimoniales, así como el desahogo de 30 videos y 12 fotografías, donde pudo constatar que la subsecretaría de Desarrollo Político y Social omitió entablar un diálogo abierto, incluyente y fructífero con los manifestantes para escuchar y poder atender de manera civilizada las peticiones y exigencias de los ciudadanos.

Además, esta instancia concluyó en que esta misma Secretaría no cumplió con su obligación constitucional de respetar, proteger y garantizar, el derecho humano de reunión pacífica, libertad personal, integridad personal, legalidad y seguridad jurídica.

Ante esto, la DDHQ emitió las siguientes recomendaciones a la Subsecretaría de
Desarrollo Político y Social:

1.- Elaborar, aprobar e implementar un protocolo en el cual se establezcan los lineamientos y directrices a seguir durante las manifestaciones o protestas que se realicen en el Estado de Querétaro, mismo que deberá ajustarse a los parámetros existentes en materia de derechos humanos y que permitan como mínimo: prevenir, delimitar, coordinar, controlar y sancionar de manera efectiva sus actos u omisiones.

2.- Iniciar ante el Órgano Interno de Control las investigaciones conducentes con el objeto de que se deslinden las responsabilidades respectivas y, en su caso, se determinen las sanciones correspondientes en un tiempo oportuno.

3.- Diseñar e impartir un curso integral dirigido a todo su personal, específicamente sobre los siguientes temas: diálogo y mediación en las manifestaciones, la importancia de las manifestaciones y protestas en un Estado de Derecho, mecanismos de diálogo y concertación política durante el desarrollo de manifestaciones.

En lo que respecta a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la DDHQ concluyó que esta dependencia omitió promover un entorno propicio para el desarrollo de la manifestación pacífica, además de que hicieron uso de la fuerza pública en contra de ésta, efectuando la detención de tres personas, quienes se encontraban en ejercicio de dicha prerrogativa.

Por esta situación, a esta dependencia se le emitieron las siguientes recomendaciones:

1.- Elaborar, aprobar e implementar lineamientos, enfocados en asegurar la protección de quienes participen en manifestaciones o protestas pacíficas, y en el cual se establezca de manera clara la cadena de mando y atención para este tipo de eventos, a fin de prevenir, delimitar, controlar y sancionar de manera efectiva sus actos u omisiones, ello acorde con los protocolos en la materia, así como a los parámetros nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.

2.- Iniciar ante el Órgano Interno de Control las investigaciones conducentes, con el objeto de que se deslinden las responsabilidades respectivas y, en su caso, se determinen las sanciones correspondientes en un tiempo oportuno.

3.- Diseñar e impartir un curso integral dirigido a todo su personal, específicamente sobre los siguientes temas: la importancia de las manifestaciones y protestas en un Estado de Derecho, programas de capacitación en derechos humanos para las fuerzas policiales, que incluyan el uso de la fuerza durante las protestas, así como el deber de respetar y apegarse a los principios que rigen el servicio público.

Cabe resaltar que una vez notificadas estas recomendaciones las autoridades responsables tienen 15 días naturales para notificar a este órgano protector de los derechos humanos si aceptan los términos de las recomendaciones emitidas.


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