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Aplaza Esquivel discusión de norma queretana que CNDH considera inconstitucional

Por Mánelick Cruz Blanco - 07/03/2023

Las reformas al Código Penal aprobadas en la legislatura pasada atentan contra la libertad de manifestación

 Aplaza Esquivel discusión de norma queretana que CNDH considera inconstitucional

Para evitar ser exhibida por el resto de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que tenían una opinión contraria, la ministra Yasmín Esquivel Mossa retiró un proyecto que habría rechazado la acción de inconstitucionalidad a reformas al Código Penal queretano que atentan contra la libertad de información, manifestación y que criminalizan a las personas enfermas, consideró el consejero de la CNDH, Bernardo Romero.

La reformas, según opinión de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, significa atentar contra el derecho a la información y a la libre manifestación en sus artículos 121, en el que se establece cárcel de hasta seis años a quien “utilice cualquier medio para convocar, organizar, promover o difundir la coordinación o ejecución de saqueos, daños, robos”; mientras que los 286, 288 y 289 establecen también cárcel de entre 1 y 5 años a quien se manifieste contra obras del gobierno y se oponga a mandatos de la autoridad.

“Entiendo que la iniciativa de la ministra iba en el sentido de legitimar estas reformas como si fueran constitucionales, entonces cuando sus compañeros van en otro sentido, ha de haber dicho, ‘que no me pongan en evidencia’ y entonces lo retira”, recriminó el consejero.

En ese sentido, recordó que la CNDH consideró que la reforma, aprobada hace dos años y en el marco de la pandemia de COVID-19, no respeta las garantías individuales de los ciudadanos e hizo un llamado a que se retiren a la brevedad, pues están vigentes en el Código Penal.

“Tiene que ver con la sanción que se impone a las personas que difundan llamados a cometer actos vandálicos y al hecho de sancionar a quien se oponga a la autoridad. En ambos casos la propuesta es que se viola la Constitución porque se limita la libertad de expresión al informar, no se puede sancionar que se informe (noticiosamente) sobre estos llamados, y tampoco se puede sancionar a quien se manifieste contra el gobierno”, sentenció.

Además, el 127-Bis-1 estableció de tres a seis años de prisión a quien “sabiendo que padece una enfermedad grave en periodo infectante, sin que la víctima u ofendido tenga conocimiento de esta circunstancia, ponga en peligro de contagio la salud de otro”, situación que el letrado consideró criminaliza a las personas que pudieran ser portadoras de cualquier enfermedad.

“Es totalmente inconstitucional y contrario a tratados internacionales, esto de que transmitir una enfermedad sea considerado lesiones, sobre todo en poblaciones muy vulnerables, porque sirve para estigmatizar a las personas”, aseguró.

Finalmente, Romero consideró que es necesario que, para evitar que el proceso se manche, es necesario que Esquivel Mossa aclare los escándalos de plagio de sus tesis de licenciatura y de doctorado, pues si se comprueba que es culpable significaría agredir derechos de los autores originales.

“Estaría bien que se aclarara, me preocupa que se comentan muchos plagios y hay mucha deshonestidad en el trabajo académico, además atenta contra los compañeros que hicieron los trabajos originales”, consideró.

Esquivel Mossa ha estado en el ojo publico desde su designación, pues su esposo, José María Riobó, es un activo contratista del gobierno encabezado por Andrés Manuel López Obrador, y este la ha defendido activamente al hacerse públicos los escándalos de plagio y que, al menos el de la UNAM, aún se mantiene con la posibilidad de retirarle su título.


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