Magistrados queretanos se salen con la suya: TEPJF revoca determinación que disminuía su salario
De acuerdo con el TEPJF, la medida contraviene los principios de autonomía e independencia judicial, además de que va en contra de la garantía de irreductibilidad en las percepciones
El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, el acuerdo del Comité Técnico de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro, por medio del cual se determinó reducir el salario mensual de los magistrados del tribunal electoral de dicha entidad para el ejercicio 2019.
El pasado 25 de octubre, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) interpusieron un recurso contra la determinación del Comité, en el que argumentaban que el acuerdo transgrede los principios de autonomía e independencia de que fueron dotados constitucionalmente los tribunales electorales de los estados, pues les impide desempeñar las funciones electorales que les corresponde como titulares del órgano jurisdiccional local.
Las magistrados del TEPJF consideraron fundados los argumentos, ya que el acto impugnado contraviene los principios de autonomía e independencia judicial, además de que va en contra de la garantía de irreductibilidad en las percepciones.
El Pleno de la Sala determinó que el Comité Técnico de Remuneraciones no tiene facultades para determinar cuestiones presupuestales del tribunal electoral, en particular la de remuneraciones de sus integrantes. En este sentido, únicamente el Congreso local puede fijar en el presupuesto anual las remuneraciones de las magistraturas electorales.
Sin embargo, aclaro el tribunal, esta facultad del Congreso local está limitada por el respeto a los principios de independencia, autonomía e irreductibilidad de las remuneraciones, por lo que estas últimas no se pueden disminuir durante el tiempo que las y los magistrados duren en sus funciones. Estos principios garantizan que no existan factores externos que comprometan, distraigan o manipulen el actuar de quienes imparten justicia.
Finalmente, la Sala Superior concedió un plazo de 24 horas, a partir de la notificación de la presente sentencia al TEEQ, para que comunique al Gobernador, al Congreso del Estado y al Titular de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo de dicha entidad, la propuesta de tabulador correspondiente, quienes deberán considerar para la definición del presupuesto para el ejercicio fiscal 2019, la comunicación que realice el tribunal estatal referido.