Afiliados al IMSS con derechos vigentes tendrán acceso a las guarderías
La ley actual solo prevé que el servicio será proporcionado a mujeres trabajadoras, viudos, divorciados o aquel que tenga la custodia de sus hijos, siempre y cuando no contraigan matrimonio nuevamente o se unan en concubinato.
Los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social que tienen vigentes sus derechos, podrán acceder al servicio de guarderías para sus hijos en los turnos matutino y vespertino; esto sin importar el género, su estado civil o situación jurídica en que se encuentren, con el fin de evitar acciones discriminatorias en su calidad de afiliados, propuso el diputado Arturo Huicochea Alanís.
El legislador del Grupo Parlamentario del PRI presentó durante la sesión de hoy, una iniciativa con proyecto de decreto para reformar los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social con ese fin.
Su propuesta la fundamentó en el sentido de que todos los trabajadores que se encuentran inscritos y al corriente en los pagos de sus cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con su legislación vigente tienen derecho a atención por riesgos de trabajo; enfermedades y maternidad; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y
Guarderías y prestaciones sociales.
En el caso de las guarderías, el diputado Huicochea Alanís hizo énfasis en que la ley actual solo prevé que el servicio será proporcionado a mujeres trabajadoras, viudos, divorciados o aquel que tenga la custodia de sus hijos, siempre y cuando no contraigan matrimonio nuevamente o se unan en concubinato.
“Las disposiciones antes mencionadas resultan discriminatorias, en primer lugar porque no otorgan la protección necesaria a las distintas familias, que muchas veces se ven obligadas a que todos sus miembros trabajen para obtener los recursos para solventar los gastos, e indistintamente que uno de ellos puede tener que trabajar y hacerse cargo de personas menores de edad”, señaló.
Agregó que, de esa manera, la ley del IMSS está dejando de lado el libre desarrollo de la personalidad, pues condiciona a su estado civil del derechohabiente el acceso a este derecho que como afiliados les corresponde, inmiscuyéndose en el libre proyecto de vida de las personas y signando roles.
“Una de las características de esta ley es que debe ser general y abstracta, lo que implica que se debe aplicar en condiciones imparciales a todas las personas, es decir, sin atender a un género, quien tenga bajo su cuidado a menores de edad, que este afiliado al seguro social, este al corriente de los pagos de las cuotas y que deba hacerse cargo de un niño o niña, debe tener la posibilidad de acceder al servicio de guardería, atendiendo al interés superior del menor”, argumentó.
La iniciativa de reformas a la Ley del IMSS fue turnada a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados para su análisis y dictamen correspondiente.