Senado busca combatir el uso ilA�cito de atribuciones en el ejercicio del servicio pA?blico
La ASF podrA? revisar directamente el gasto federalizado

Foto: Senado
El senador Ernesto Cordero, presidente de la Mesa Directiva, presentA? una iniciativa para combatir la prA?ctica en el sentido de que algunos servidores pA?blicos han antepuesto su interA�s econA?mico, en detrimento de la funciA?n pA?blica que representan.
“En las A?ltimas dA�cadas, la corrupciA?n del servidor pA?blico se ha convertido en uno de los mA?s graves y grandes flagelos que causan perjuicio en las instituciones del Estado mexicano y de la sociedad que lo constituye, debido a las repercusiones que entraA�a en su desarrollo”, menciona el documento.
Los constantes descubrimientos y noticias de hechos evidencian que algunos servidores pA?blicos han antepuesto su interA�s econA?mico en detrimento de la funciA?n pA?blica que representan, seA�ala la iniciativa del que dio cuenta el Senado, en la sesiA?n pasada.
La propuesta pretende modificar los artA�culos 217 del CA?digo Penal Federal, los artA�culos 4, 47, 50, 58 y adiciona el 73 bis de la Ley de FiscalizaciA?n y RendiciA?n de Cuentas de la FederaciA?n y los artA�culos 50 y 54 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
En la iniciativa, se faculta a la AuditorA�a Superior de la FederaciA?n (ASF) para que revise directamente el gasto federalizado y prevA� su coordinaciA?n con las entidades fiscalizadoras locales en casos donde se determinen daA�os y perjuicios a la Hacienda PA?blica estatal, municipal o al patrimonio de los entes pA?blicos de dichos A?rdenes de gobierno.
Asimismo, amplA�a los supuestos que integran las faltas administrativas no graves y graves que cometan los servidores pA?blicos en el ejercicio de su encargo, como el desvA�o de recursos pA?blicos que se haya realizado de manera culposa o negligente, y que no encuadre puntualmente en el supuesto establecido en el artA�culo 54 de la Ley.
Dentro de las faltas, tambiA�n se considera que el desvA�o que genere un beneficio indebido para sA� o para su cA?nyuge, parientes consanguA�neos, parientes civiles o hasta terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor pA?blico o las personas antes referidas formen parte.
Propone especificar, dentro de los fines de la materia el concepto de gasto federalizado y de las participaciones federales. El gasto federalizado es el que se refiere a las transferencias federales etiquetadas a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Las participaciones federales son los recursos que la FederaciA?n transfiere a las entidades federativas, derivados de su integraciA?n al Sistema Nacional de CoordinaciA?n Fiscal; y son recursos de libre administraciA?n hacendaria cuyo destino y ejercicio atiende a la normativa local.
La iniciativa se turnA? a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.