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IEEQ declara infundadas denuncias contra PAN y candidato independiente

Por Carmen Galván - 09/12/2017

Se les acusaba de actos anticipados de campaña

 IEEQ declara infundadas denuncias contra PAN y candidato independiente

Foto: Archivo

El Instituto Electoral del Estado de Querétaro resolvió como infundada el recurso que interpuso el ciudadano Diego Alain Ugalde Orduña por posibles actos anticipados de campaña en contra del Partido Acción Nacional.

Asimismo, también se declaró como inexistente la violación de la normativa electoral que presentó Alberto Marroquín Espinoza, aspirante independencia a candidato independiente a diputado local por el distrito 05, en contra de Antonio Fernández Guillemin, también aspirante a candidato independiente por el mismo cargo y distrito.

En sesión extraordinaria, el IEEQ resolvió como infundado el procedimiento interpuesto por Diego Alain Ugalde Orduña en contra del Partido Acción Nacional por violaciones a la normatividad electoral, toda vez que se resolvió que los partidos políticos tienen derecho de colocar propaganda política fuera del proceso electoral, siempre que no se pida el voto.

Luis Espíndola Morales, consejero del IEEQ, argumentó su voto a favor del resolutivo en el sentido que la denuncia estaba respaldada por la colocación de un espectacular que contenía diferentes elementos con un logotipo Político y manifestaciones a favor del programa de transporte Qrobús.

Sin embargo, no se consideró como actos de violatorios de campaña institucional, ni actos anticipados de campaña toda vez que no se pedía el voto, ni se condicionaba un programa de gobierno.

Añadió que la propaganda política es un derecho de los partidos políticos, que no se debe de confundir con propaganda político-electoral, además que en el caso que se negará dicha propaganda podría traducirse como restricción de la liberación de expresión.

Es un derecho permanente, en donde puede realizar manifestación que impliquen la difusión de algún programa de gobierno como parte de la difusión y debate público, no constituye actos de precampaña siempre que no se condiciones el voto” mencionó el consejero.

En cuanto al proceso en contra del aspirante independiente, Juan Rivera Hernández, director de Asuntos Jurídicos, mencionó que se estableció que no existía actos anticipados de obtención de respaldo ciudadanos, el cual empezará hasta el 8 de enero de 2018.

Por último, también se presentó y votó el acuerdo por el que se determinan los domicilios de los consejos distritales y municipales electorales, los cuales se comenzarán a instalar el 10 de diciembre.

Además que también se aprobaron los domicilios en los lugares que ocuparán las bodegas electorales durante el proceso electoral ordinario 2017-2018.


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