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Peña Nieto interpone controversia constitucional a Ley de Telecomunicaciones

Por Staff Códice Informativo - 31/01/2017

La controversia, contra ocho artículos de esta ley, es porque se invadieron facultades constitucionales del presidente

 Peña Nieto interpone controversia constitucional a Ley de Telecomunicaciones

Foto: Archivo

El presidente de México, Enrique Peña Nieto, interpuso hoy una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias.

La controversia, en la que se señala al Congreso como parte demandada, considera que estos artículos invadieron facultades constitucionales del presidente, aseguró en conferencia de prensa el consejero jurídico de presidencia, Humberto Castillejos.

El consejero indicó que también se reclaman los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias expedidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) “en virtud de tener un vicio de origen ya que se basan en leyes que se consideran inconstitucionales”, comentó.

El IFT expidió, con base en los mencionados artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los lineamientos que establecen el derecho a que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta.

Asimismo, establecen el derecho a que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa, la figura de un defensor de audiencias y el deber de los concesionarios de contar con códigos de ética.

En un comunicado, el Instituto celebró el “uso de canales institucionales” para que sea la SCJN la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso y del propio IFT en esta materia.

El consejero jurídico precisó que la Constitución establece que al IFT le corresponde emitir disposiciones de carácter general, siempre y cuando “sean exclusivamente para referirse a la función regulatoria del Instituto en los sectores de la radiodifusión y las telecomunicaciones”.

La Constitución no le otorga al IFT atribución alguna para regular los derechos de las audiencias, que son parte del derecho humano a la información.

Aseguró que cualquier regulación debe estar prevista en la ley y que en caso de ser requerida, “sería una competencia del presidente de la República”, mediante el reglamento respectivo.

El consejero subrayó que los lineamientos entrarán en vigor el próximo 16 de febrero, por lo que hay tiempo para esperar a ver si se admite la controversia y analizar si se solicita un incidente de suspensión. EFEMEX


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