Gerardo Ángeles Herrera afirma desconocer recurso interpuesto por Miguel Nava
Al respecto, Nava pidió al legislador panista leer la ley para conocer que debe ser la mesa directiva quien debe resolver el recurso en un término de 15 días
Gerardo Ángeles Herrera, presidente de la mesa directiva de la LVIII Legislatura, dijo desconocer el recurso de revisión que ingresó el ombudsman queretana, Miguel Nava Alvarado, a fin de que se reponga su procedimiento de ratificación al frente de la Defensoría de Derechos Humanos del estado de Querétaro (DDHQ).
“Él está en todo su derecho de solicitarlo, al final la Junta de Concertación Política está trabajando; al final yo tengo contacto con el presidente Rangel y en eso están, es un procedimiento que está avanzando y tendrá que seguir los cauces legales y así es como lo vamos a concluir. Desconozco los términos en lo que está solicitando, lo que puedo decir es que en la Junta de Concertación están trabajando conforme debe ser, conforme a derecho y bueno así es como se van a tomar las determinaciones”, expresó.
Ángeles Herrera aseguró que el procedimiento que se está llevando a cabo es conforme a derecho y señaló que el presidente de la defensoría está en su derecho de solicitar a la legislatura lo que desee; además, optó por no hablar a detalle del tema puesto que es la Junta de Concertación Política la que está llevando el tema.
“No quisiera entrar mucho en las declaraciones que hace Miguel Nava, porque al final del día está en su derecho de expresar lo que él siente, por lo que no está siendo favorecido; nosotros estamos haciendo nuestro trabajo, es lo que estamos haciendo en la Junta de Concertación Política y es lo que se está haciendo al final del día, no tengo más que decir”, mencionó.
Al respecto, Nava pidió al legislador panista leer la ley para conocer que debe ser la mesa directiva quien debe resolver en un término de 15 días, a fin de que se realice un procedimiento apegado a derecho.
“El presidente viola la ley, le invito al presidente de la mesa directiva que lea el artículo 191 de la ley orgánica del Poder Legislativo, el arquitecto no es abogado, que lea la ley, o que le pregunte a Fernando su jurídico, que él tiene que resolver en un término de 15 días”.
Dicho artículo dice “El recurso de revisión es el medio de impugnación ordinario contra actos, omisiones o resoluciones de los órganos, organismos, dependencias o servidores públicos del Poder Legislativo, que sean contrarios a la Constitución Política del Estado de Querétaro o a la presente ley. El recurso podrá ser presentado por cualquier persona con interés jurídico que sea afectado por el acto, omisión o resolución impugnada y que tenga conocimiento formal del mismo”.