No hubo igualdad entre candidatos independientes y partidos políticos en pasadas elecciones: DDHQ
Por ello, emitió un informe especial en el que propone, incluso, una nueva redacción
Al considerar que en el pasado proceso electoral no hubo igualdad de derechos entre partidos políticos y candidatos independientes para ser votados, Miguel Nava Alvarado, presidente de la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ), presentó un informe especial en el que realizó una serie de observaciones, pues se considera que se otorgaron más derechos a los partidos políticos que a los ciudadanos, cuando la ley debió ser al contrario.
Nava Alvarado explicó que la defensoría no cuenta con facultades de hacer una recomendación a órganos electorales porque está fuera de su competencia, sin embargo a solicitud de los exaspirantes a candidatos independientes, se analizaron las condiciones que pedían a partidos políticos y a ciudadanos el pasado proceso electoral para poder participar de éste.
El defensor del pueblo agregó que a partir de la reforma del 9 de agosto de 2012, el poder ser votado se condicionó, ya que solamente está reconocida y garantizada la calidad de candidatos a quienes sean beneficiados discrecionalmente por los partidos políticos para solicitar su registro ante la autoridad electoral, puesto que éstos últimos son los que tienen derecho de inscripción y no los militantes.
Los ciudadanos que desean participar en el proceso electoral no cuentan ni siquiera con la única condición con la que pueden participar en una elección, que es la de ser candidato, sino que son “ciudadanos que solicitan su registro de manera independiente”.
Por lo anterior, el presidente de la DDHQ presentó un informe especial dirigido a Lorenzo Córdova Vianello, presidente del Consejo general del Instituto Nacional Electoral (INE), así como, entre otros, a Gerardo Romero Altamirano, presidente del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), para exhortarlos a que se modifique el contenido del artículo 35 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Lo anterior, con el fin de garantizar y reconocer el derecho indivisible fundamental de participación política activa, es decir, ser votado como candidato independiente y/o un militante del partido, y se elimine a las personas morales del capítulo establecido para los “ciudadanos mexicanos”.
La redacción sugerida es la siguiente:
“Artículo 35. Son derechos del ciudadano: II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, solicitando a las autoridades electorales el registro como candidatas y candidatos independientes o de partidos políticos, en los términos establecidos en la Ley de la materia”.
Asimismo, pidió al Congreso de la Unión y legislaturas de las entidades implementar de manera temporal una plataforma ciudadana independiente, democrática, pública, incluyente, similar a una asociación política, con la finalidad de la incluir la participación ciudadana independiente en circunstancias idénticas a las candidaturas registradas por los partidos políticos.
De la misma forma, hizo una sugerencia a las autoridades administrativas y jurisdiccionales electorales para que, en el ámbito de sus competencias, se obliguen al respeto, garantía y protección de los derechos de participación política y se opte en la toma de decisiones por los principios propersona, no discriminación, universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad en el próximo proceso electoral del 2016.
En rueda de prensa, Nava Alvarado refirió que en las elecciones pasadas únicamente seis personas en todo el país lograron un cargo de elección popular de manera independiente, entre ellas un gobernador, tres alcaldes, un legislador federal y un diputado local; sin embargo, precisó que de éstos, cinco contaban ya con una trayectoria partidista.