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Legislatura de Querétaro aprueba reforma al Código Civil en materia familiar

Por Staff Códice Informativo - 13/03/2015

Germán Borja García explicó que sin esta modificación, la mayoría de sentencias tardaban meses en surtir efecto

 Legislatura de Querétaro aprueba reforma al Código Civil en materia familiar

El pleno de la LVII Legislatura del estado de Querétaro aprobó este viernes por unanimidad una modificación al artículo 443 del Código de Procedimientos Civiles del estado de Querétaro, con el que las sentencias en materia familiar tendrán ejecutoria inmediata, y no hasta que una de las partes lo solicite.

Germán Borja García, presidente de la Comisión de Familia, explicó que sin la ejecutoria de la sentencia de forma inmediata, muchos procedimientos familiares se alargan durante meses, a pesar de que ya hay resolución por parte de un juez,  generando incertidumbre jurídica a las partes.

Como ejemplo, puso que en divorcios, ni la mitad de las sentencias que se han emitido en el primer bimestre de 2015 han causado ejecutoria.

“Tan solo en lo que va del presente año, en solo 72 días, en los juzgados familiares del distrito judicial de Querétaro capital, se han dictado 316 sentencias de divorcio. 177 correspondientes a divorcios voluntarios, y 139 a divorcios necesarios. Y dando el impulso procesal a petición de parte, que es necesario actualmente para que dichas sentencias causen ejecutoria, solo han quedado firmado 66 correspondientes a divorcios voluntarios, procedimientos que ya contienen un acuerdo entre las partes, y 39 procedentes de divorcios necesarios”, expuso Borja García.

En lo referente a juicios de demanda de custodia y de alimentos, en el primer bimestre de este 2015 se han dictado 25 sentencias, pero solo cinco han causado estado.

“Las cifras confirman la necesidad de adicionar un párrafo al artículo 443 del Código de Procedimientos Civiles de Querétaro, quedará establecido que en cuestiones de divorcios, alimentos, patria potestad, custodia y convivencias, la sentencias definitivas o interlocutorias correspondientes, causarán ejecutoria pos ministerio de ley, siempre y cuando haya concluido el plazo legal para interponer recurso de apelación, y este no hubiese sido presentado”, añadió el legislador del PAN.


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