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INE, obligado a ratificar su criterio jurídico: debe negar el registro a Félix Salgado

Por Héctor Parra - 13/04/2021

Las ideas expresadas en las columnas, así como en otros artículos de opinión, no necesariamente corresponden a la línea editorial de Códice Informativo, y solo son responsabilidad del autor.

La lógica jurídica indica que Félix Salgado Macedonio, no debe ser registrado como candidato. Él mismo, de forma reiterada, confesó públicamente que no entregó informe alguno de gastos de precampaña, bajo el pretexto que no realizó gasto ni acto alguno. La misma ley no lo excluye de responsabilidad. 

 INE, obligado a ratificar su criterio jurídico: debe negar el registro a Félix Salgado

Foto: FB Félix Salgado

La tarde de este martes sesionó el Consejo General, para dar cumplimiento a la sentencia emitida por los magistrados de la Sala Superior del TEPJF, respecto a si dan o no oportunidad a todos aquellos que incumplieron con sus obligaciones legales por lo cual cancelaron sus registros y pudieran regresar a la arena de las contiendas electorales. A los consejeros que aprobaron el acuerdo de cancelación les asiste la razón legal, por lo cual deberán confirmar, si no todas, la mayor parte de las cancelaciones.  

Los magistrados de la Sala Superior obligaron a los consejeros a razonar con mayor profundidad los acuerdos de cancelación, incluso entrar al ámbito de la especulación con el propósito, de ser posible: atenuar la pena a los incumplidos. Piden a los consejeros que privilegien el “derecho humano a ser votado”, aunque quebranten la ley, se trata de un derecho humano superior, dijeron. No cabe duda, los impartidores de justicia, en materia jurisdiccional, también legislan, interpretan las normas a su leal saber y entender. Conforme al “espíritu de la ley”, nos decían en las aulas de la Facultad de Derecho. Ahí está la jurisprudencia como ejemplo de ello. Deberán favorecer a la persona en el más amplio sentido, dice la Constitución en su artículo 1, en tratándose de los derechos humanos. Bajo esta premisa no resolvieron los magistrados y regresaron los expedientes al INE. 

A nadie le importa a cuantos aspirantes sancionaron con la cancelación de los registros de sus candidaturas; la expectación está en dos de los aspirantes, ambos de Morena, aquellos que quieren gobernar los Estados de Guerrero y Michoacán. El delincuente de Félix Salgado Macedonio amenazó a la familia de los consejeros para rescatar su candidatura, también amenazó con levantar al pueblo de Guerrero en contra del INE, si no le regresan la candidatura. Así opera la delincuencia en algunos partidos, por medio de amenazas consiguen candidaturas. 

¿Qué dice el artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales? Precepto que sirvió de base para sancionar a los incumplidos, entre ellos al delincuente de Salgado Macedonio. A la letra el artículo 229, párrafo tercero establece: 3. Si un precandidato incumple la obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo antes establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva, no podrá ser registrado legalmente como candidato…”. 

La norma electoral no da opciones para graduar la sanción, como lo exigieron los magistrados, quienes piden valorar y en su caso aplicar sanciones de amonestación, multa o la cancelación del registro. Así de simple. Pero los mismos magistrados señalan en su sentencia que los consejeros se vayan a la norma más benévola y privilegien el “derecho humano a ser votado”. El artículo de referencia no prevé otra sanción, simplemente obliga a no registrar al incumplido; nada de multa o amonestación. 

Luego, el artículo 446 de la misma Ley refiere que constituyen infracciones (entre otras) de los aspirantes y Candidatos Independientes a cargos de elección popular a la presente Ley: a) El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley (primera falta); b) La realización de actos anticipados de campaña (segunda falta); n) La omisión o el incumplimiento de la obligación de proporcionar en tiempo y forma, la información que les sea solicitada por los órganos del Instituto (tercera falta), y ñ) El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en esta Ley y demás disposiciones aplicables (cuarta falta). Estas fueron las faltas cometidas por Félix Salgado Macedonio, de atento al contenido del acuerdo de los consejeros y la misma sentencia. Así que, la sanción apropiada es la negación del registro, de ahí la cancelación de la precandidatura. Deberán, eso sí, establecer el procedimiento para el registro de nuevos candidatos.  

Así las cosas, los magistrados pidieron a los consejeros que apliquen el siguiente artículo, para imponer, en su caso, la sanción correspondiente, según la valoración exhaustiva que realicen, sin olvidar el “derecho humano a ser votado”. Dice el artículo 456: 1. Las infracciones señaladas en los artículos anteriores serán sancionadas conforme a lo siguiente: a) … c) Respecto de las personas aspirantes, precandidatas o candidatas a cargos de elección popular: Párrafo reformado DOF 13-04-2020 I. Con amonestación pública; II. Con multa de hasta cinco mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, y III. Con la pérdida del derecho del precandidato infractor a ser registrado como candidato o, en su caso, si ya está hecho el registro, con la cancelación del mismo… Cuando el precandidato resulte electo en el proceso interno, el partido político no podrá registrarlo como candidato” ¿Así o más claro?  

La lógica jurídica indica que Félix Salgado Macedonio, no debe ser registrado como candidato. Él mismo, de forma reiterada, confesó públicamente que no entregó informe alguno de gastos de precampaña, bajo el pretexto que no realizó gasto ni acto alguno. La misma ley no lo excluye de responsabilidad.  

Luego el mismo Consejo General del INE, documentó la contratación en redes sociales publicidad en favor del infractor. Pero, son tan cínicos que la tarde de este martes pidieron “coperacha” para pagar los más de 20 mil pesos que no reportaron de gasto. El Consejo General del INE, está obligado a confirmar su acuerdo, ahora bajo consideraciones exhaustivas, fundadas y motivadas con mayor amplitud, lo cual no quisieron hacer los magistrados. 

Y si se trata de hacer cumplir la ley, Félix Salgado Macedonio debiera estar detenido y recluido en prisión, por la serie de amenazas que públicamente ha proferido en agravio de los consejeros electorales, especialmente en contra de Lorenzo Córdova Vianello. Incluso el delincuente menciona a la esposa del agraviado. Pero nada de eso sucede. Por el contrario, otro contumaz delincuente, Andrés Manuel López Obrador, sale a defenderlo desde el púlpito presidencial, descalificando al INE, refiere que no le tiene confianza, que enviará una iniciativa de ley para desaparecerlo ¡No podrá señor López!  

Primero. No le alcanzan los votos en el Senado para la reforma a la Constitución. Segundo. No tendrá mayoría en la Cámara de Diputados en la próxima Legislatura Federal, que en septiembre próximo termina su periodo constitucional. 

El presidente se quedará con las ganas. Andrés Manuel López debe entender y quedarle bien claro, que la sociedad mexicana ¡Sí confía en el INE! 

Los mexicanos no permitirán el atraco anunciado por López Obrador. El presidente ha entrado en extremo grave de desesperación, no encuentra la manera de levantar a su dividido y problemático partido, tampoco el cómo desmentir su retahíla de mentiras. El pueblo bueno ha dejado de creer en sus patrañas. Se impondrá el #VotoUtil en su contra. 

 

Héctor Parra


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