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La respuesta de Convergencia

Por Andrés González - 21/11/2014

Las ideas expresadas en las columnas, así como en otros artículos de opinión, no necesariamente corresponden a la línea editorial de Códice Informativo, y solo son responsabilidad del autor.

En respuesta concreta a la resolución del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, IEEQ, del pasado 14 del mes que corre donde este organismo consideró […]

 La respuesta de Convergencia

En respuesta concreta a la resolución del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, IEEQ, del pasado 14 del mes que corre donde este organismo consideró “no procedente” la solicitud de registro como partido político local a la organización denominada “Convergencia Ciudadana” este martes 18 y casi al mediodía, esta organización presentó a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, un amplio documento de 89 páginas como medio probatorio en donde ratifica las pruebas para su defensa y solicita, respetuosamente, “asuma jurisdiccionalidad” y ordene a la instancia local electoral, le otorgue el registro solicitado.

En este mismo documento que lleva a detalle todo el camino recorrido y en respuesta a lo expuesto por el IEEQ en su sesión del pasado 14, Convergencia Ciudadana manifiesta además – con pruebas ahí anexadas – el nuevo incumplimiento en el que ha incurrido el Consejo General del IEEQ para que se haga efectivo dicho apercibimiento.

Y ambos documentos, el del Instituto Electoral del Estado de Querétaro con 43 hojas y que entra en aparente contradicción en el resolutivo que al respecto tuviera en la sesión del 15 de octubre pasado; el que presenta la organización denominada “Convergencia Ciudadana” con 89 páginas, están ya siendo analizados en esa instancia superior con posible resolutivo definitivo para este viernes 28.

En las pruebas, CC  presenta el llamado “instrumental de actuaciones”, consistente en todas las constancias, informes, resoluciones y autos que obran a fojas del expediente IEQ/AG/036/2013-P radicado ante la autoridad local; así como las presuncionales legal y humanas consistentes en todas las consecuencias de derecho de esa H. Autoridad desprenda o derive por si o como consecuencia de la Ley con motivo de la instrumentación del citado juicio.

De la misma manera, CC hace ver el “incumplimiento del Consejo General del IEEQ” y por lo cual hace solicitud del apercibimiento en las resoluciones del 13 de agosto y 15 de octubre, como incidentes de inejecución, error en el que volvió a incurrir este organismo electoral local en la pasada sesión del 14 de noviembre.

Con este último, serían tres los incidentes de inejecución en los que incurre primero el IEQ y posteriormente el IEEQ y en donde a vistas, se nota la dilación al resolutivo ordenado por la Sala Superior, la que podría y en la respuesta prevista, ejercer su “jurisdiccionalidad” sobre el citado caso y ordenar, sin más y en forma directa – tiene facultades para ello –  se otorgue el registro a esta organización.

La historia de esta solicitud es ya larga, pero podría venir en esta  semana última de noviembre, el resolutivo definitivo, toda vez que, como lo reconoce el propio IEEQ, el número de militancia fue ampliamente rebasado a los requerimientos de ley.

Habrá nuevo Partido Político local, el primero en la historia político electoral de la entidad.

Y si no, al tiempo.

Andrés González

Periodista de toda la vida, egresado de la escuela Carlos Septién García, catedrático en la Universidad de Guanajuato, analista político en radio y prensa escrita, además de Premio Estatal de Periodismo en el 2000.


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