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Impuesto Sobre Nómina viola derechos humanos

Por Staff Códice Informativo - 05/09/2014

Redactores de la ley se van por la libre

 Impuesto Sobre Nómina viola derechos humanos

Ahora que la Glosa del Quinto Informe de Gobierno conjuga a legisladores locales y a funcionarios públicos de primer nivel, bien valdría la pena que alguno de estos personajes nos explique quién redactó y a quién se le ocurrió la reforma a la Ley de Hacienda estatal publicada el 21 de julio pasado.

Lo anterior en virtud de que hace apenas algunos meses, nuestras autoridades nos vendieron la idea de que los empleadores que contrataran a personas con alguna discapacidad física estarían exentos del pago del Impuesto Sobre Nómina estatal, mismo que se contiene en la ya mencionada y recién reformada Ley de Hacienda del estado de Querétaro.

Si no mal recordamos apenas en diciembre, bajo el discurso de que los derechos humanos deben prevalecer en el marco jurídico, legisladores y autoridades anunciaron con bombo y platillo una novedosa disposición para prevenir la discriminación y fomentar el empleo hacia los grupos vulnerables con discapacidad física. Incluso en la Gaceta Legislativa número 36 página 29, del 12 de diciembre del 2013, se contiene una adición de la fracción 11 al artículo 49-c de la Ley de Hacienda estatal que a la letra decía: “…el Impuesto Sobre Nómina no se causará por las remuneraciones al trabajo personal subordinado, cuando se realicen a personas con discapacidad permanente...”.

Así las cosas, de todos es sabido que el estado está obligado a legislar en consonancia con la Constitución y con los tratados internacionales, sin dejar del lado a la Constitución local de Querétaro, cuestión que en el presente caso no ocurrió.

De igual manera el estado debe respetar los derechos y garantizar el libre y pleno ejercicio de esos derechos a toda persona bajo su jurisdicción. Los derechos humanos son progresivos por lo que el Estado está obligado a ir avanzando gradual y constantemente hacia su más completa realización en función de sus recursos materiales.

Los estados tienen también la obligación de combatir prácticas discriminatorias entendiendo la discriminación como el concepto que hace referencia a toda exclusión restricción o privilegio que no sea objetivo ni razonable.

Pues bien, dicho lo anterior, resulta que en contra de la progresividad de los derechos humanos, así como sin observar la obligación de combatir las prácticas discriminatorias, al redactor de la ley de hacienda del estado de Querétaro ¡se le olvidó incluir el beneficio previo de exentar del Impuesto Sobre Nómina a quienes contraten personas con alguna discapacidad!

Se fueron por la libre, y en la nueva Ley de Hacienda del estado publicada el pasado 21 de julio en el periódico oficial La Sombra de Arteaga, no aparece por ningún lado la exención de pago. Es así que el artículo 72 de dicho ordenamiento, donde se contemplan las exenciones del impuesto, no refiere en ninguna de sus fracciones la exención de pago a personas con discapacidad. Esto resulta en un tema altamente delicado porque muestra la omisión, insensibilidad y falta de técnica legislativa de una reforma al vapor en un ordenamiento que es la columna vertebral de la hacienda pública estatal y que permite la recaudación fiscal.

Los que saben dicen que la iniciativa y redacción vino directamente del poder Ejecutivo del estado, específicamente de la secretaria de Planeación y Finanzas a quien, por diversos vicios previos, le urgía que la ley fuera reformada para dejar de seguir perdiendo juicios.

Lo penoso del asunto es que ni diputados, ni asesores, ni departamentos jurídicos del gobierno del estado se dieron cuenta del grave y regresivo error que cometieron al publicar una ley con grandes dolencias en cuestión de derechos humanos y violatoria por supuesto del artículo primero constitucional.


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