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Juan Pablo Rangel ¿víctima o victimario?  

Por Staff Códice Informativo - 14/01/2015

A finales de diciembre pasado fue presentada una queja ante el Comisionado estatal de Derechos Humanos por parte de la defensa de Rangel Contreras

 Juan Pablo Rangel ¿víctima o victimario?   

Entre las cuestiones aún pendientes del caso de Juan Pablo Rangel Contreras y su hermética detención a principios de diciembre pasado, existe una cuestión periodísticamente novedosa y que pudiera tener sustancia en el entramado de la política local.

Y es que a finales de diciembre pasado fue presentada una queja ante el Comisionado estatal de Derechos Humanos por parte de la defensa de Rangel Contreras. La queja básicamente advierte la violación de los siguientes derechos humanos: a la seguridad jurídica; al debido proceso; a la dignidad; a la presunción de inocencia y a la libertad personal.

Lo interesante del asunto es que en dicho escrito se va narrando de manera sucinta la forma en que Juan Pablo Rangel fue detenido el 1º de diciembre pasado sobre la avenida Campanario alrededor de las 9:30 de la mañana. Es necesario precisar que dicha queja se interpone en contra de un agente del Ministerio Público Federal, así como de diversos elementos de la policía federal ministerial y de elementos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro.

De igual forma es interesante leer en dicha queja que, según la defensa de Rangel Contreras, su detención se dio de “manera inusual y evidentemente preparada” toda vez que inicia con una supuesta revisión de rutina para acreditar la propiedad y legal posesión de su camioneta por parte de agentes de la DID quienes al final de cuentas habrían entregado a policías federales a Juan Pablo Rangel.

El escrito interpuesto ante Derechos Humanos narra que Rangel Contreras tenía una orden de búsqueda, localización y presentación surgida de una denuncia anónima bajo el acta circunstanciada UEIORIFAM/AC/74/2014. De acuerdo a lo narrado en la queja, quien formuló la denuncia anónima contra Juan Pablo Rangel hizo una serie de señalamientos falsos e infundados, mismos que en ningún momento fueron corroborados por el Ministerio Público y peor aún, el denunciante no es ni remotamente conocido por Juan Pablo Rangel Contreras ni por su familia.

Resulta de interés leer en la queja que la detención de Rangel se da por portar un arma de fuego de uso exclusivo del Ejército lo cual sería flagrancia, pero sobre todo es interesante lo oportuno que fueron los agentes federales para estar en el momento de la “revisión de rutina” del vehículo del detenido.

Otra cuestión de interés es que la defensa en su queja refiere que Rangel Contreras está siendo procesado por el delito de portación de arma y nada más. En contraste, algunos medios relatan que Juan Pablo es señalado por delincuencia organizada, lavado  de dinero, espionaje y los que se acumulen.

Será interesante saber el curso que toma la presente queja, el proceder del comisionado Miguel Nava, las respuestas de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro y, sobre todo, si estamos ante una detención “armada” e ilegal o ante hechos apegados estrictamente al estado de derecho.


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